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 7/02/2018

Gobierno expidió resolución para incentivar exportación de leche y derivados lácteos en las zonas más afectadas por el conflicto (Zomac)

Gobierno expidió resolución para incentivar exportación de leche y derivados lácteos en las zonas más afectadas por el conflicto (Zomac)

Bogotá, 7 de febrero de 2018 (@MinAgricultura-@JuanGZuluaga) El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Juan Guillermo Zuluaga y la Ministra de Comercio Industria yTurismo, María Lorena Gutiérrez, expidieron la resolución 083 que tiene como objetivo promover las exportaciones de leche y derivados lácteos a partir de las zonas más afectadas por el conflicto (Zomac). 

De acuerdo con las condiciones establecidas en la resolución, las compras de volúmenes de leche para exportación podrán realizarse de acuerdo al precio competitivo, es decir, un valor por litro superior a $850, según los cálculos de la fórmula de precios definida. Adicionalmente, los proveedores de leche cruda deberán desarrollar su producción en los municipios Zomac con el apoyo de los industriales que participen en el programa.  

“Nos hemos dado a la tarea, a través de un trabajo articulado con Mincomercio, de diversificar las exportaciones de los productos agropecuarios, incluyendo la leche y los derivados lácteos”, dijo el Ministro Juan Guillermo Zuluaga. 

Explicó que pese a que Colombia está entre los cinco principales productores de leche en América Latina con una producción estimada de 19 millones de litros diarios, el canal formal acopia y transforma apenas el 48%. 

Lo anterior, continuó el Ministro, ha generado que en el mercado informal el productor reciba entre $500 y $600 pesos por litro de leche, mientras que con esta resolución se garantizará que el litro de leche se le pague al productor entre $800 y $900 y de esta manera se incentive la formalización de la cadena de comercio lácteo con una producción de calidad.  

Cabe anotar que la resolución establece que es un acuerdo de venta y compra voluntaria entre el productor y la industria. Además la producción es solamente con fines de exportación y requiere un contrato de proveeduría donde se acuerde el volumen excedentario y se realice bajo un criterio de rentabilidad para los productores colombianos. 

Entre tanto, la Unidad de Precios de leche del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural hará un seguimiento diario al cumplimiento de los requisitos que se estipularon en la 083. 

Con estos mecanismos, concluyó el jefe de la cartera agropecuaria, “Estamos respondiendo a la necesidad de desarrollar mercados externos para aprovechar la oportunidad que tiene Colombia de convertirse en proveedor de alimentos del mundo”. 

Resolución 083 https://www.minagricultura.gov.co/Normatividad/Resoluciones/Resoluci%C3%B3n%20No%20000083%20de%202018.pdf​ 

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