De acuerdo con lo establecido en el artículo 197 del capítulo VII de la Ley 1437 de 2011 - Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en cumplimiento de la directiva presidencial N° 05 de 2012, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, habilita el siguiente correo electrónico para recibir notificaciones judiciales:
notificacionesjudiciales@minagricultura.gov.co
Artículo 197 Dirección electrónica para efectos de notificaciones. Las entidades públicas de todos los niveles, las privadas que cumplan funciones públicas y el Ministerio Público que actúe ante esta jurisdicción, deben tener un buzón de correo electrónico exclusivamente para recibir notificaciones judiciales.