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Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

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Sábado , 25 de marzo de 2023

Ministro de Agricultura

​Cecilia López Montaño
MINISTRA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

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Cecilia López Montaño nació en Bogotá. Creció en Barranquilla y allí recibió su educación primaria y secundaria. Es economista de la Universidad de los Andes e hizo posgrados en Demografía y Economía de la Educación en el Centro de Estudios Educativos de México.

Cuenta con una larga trayectoria en el sector público. Inició en 1978 como Jefe de la Unidad de Estudios Sociales del Departamento de Planeación Nacional, trabajó cerca de la Primera Dama, Nydia Quintero, en temas de niñez, y en otras iniciativas sociales logrando establecer las políticas que luego llevarían a la creación de los hogares comunitarios, participó en el diseño del Plan de Desarrollo del Presidente Julio César Turbay Ayala. Posteriormente, llegó a la dirección del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (FONADE), entre 1981 y 1982, allí impulsó la autonomía regional y la descentralización. Fue viceministra de Agricultura entre 1982 y 1985, desde donde consolidó la Política para la Mujer Campesina, el primer documento Conpes dirigido a la mujer en el país e impulsó la creación de Anmucic, asociación de mujeres campesinas e indígenas, con la que se consolidó su participación en juntas directivas de las instituciones del Ministerio. Asimismo, creó los fondos: Fiquero, frutas y hortalizas.  

Embajadora de Colombia en Holanda entre1985-1988. Directora de PREALC, OIT, Naciones Unidas, 1988-1990. Como Directora del Seguro Social, 1990-1992, adelantó la campaña contra la corrupción y la mala atención al usuario. Como Ministra del Medio Ambiente, 1994-1996, impulsó

la primera política ambiental del país y el SINA, (Sistema Nacional Ambiental), hoy reconocido como de los más destacados de América Latina. En 1996 fue nombrada Ministra de Agricultura. Desde allí, su gestión se enfocó en la política social del sector rural. Directora del Departamento Nacional de Planeación, 1997-1998.

Consultora Internacional, (1998-2006) en: Banco Mundial, Banco Interamericano de Desarrollo, Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA) en pobreza rural; y para UNIFEM sobre políticas de género en América Latina, entre otras. Presidenta Fundación Agenda Colombia, (2002-2006), Senadora de la República por el partido Liberal (2006-2010).

Durante su ejercicio profesional recibió la Cruz de Boyacá, máxima condecoración que otorga el Gobierno Nacional a sus ciudadanos por su servicio al país.



Funciones del Ministro

Decreto 1985 de 2013

  1. Formular, dirigir, coordinar y establecer los lineamientos para evaluar la política relacionada con el desarrollo rural, agropecuario, pecuario, pesquero, acuícola y forestal en los temas de competencia  del Ministerio.
  2. Formular y dirigir la evaluación de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo    rural, agropecuarios y pesqueros, fortaleciendo los procesos de participación ciudadana y planificación del territorio, bajo los lineamientos de la política macroeconómica.
  3. Formular y dirigir la política de desarrollo rural con enfoque territorial en los temas relacionados con el ordenamiento social de la propiedad rural y uso productivo del suelo, capacidades productivas y generación de ingresos y gestión de bienes públicos rurales.
  4. Formular, coordinar, adoptar y establecer los lineamientos para realizar el seguimiento a la política de restitución de tierras despojadas.
  5. Formular y dirigir el seguimiento a la política agropecuaria, pesquera y de desarrollo rural para la atención de la población en situación de vulnerabilidad con el objetivo de contribuir a la materialización de sus derechos con enfoque integral y diferencial, en coordinación con las demás entidades competentes del Estado.
  6. Formular,  coordinar,  adoptar y  dirigir  el  seguimiento  a  la política de  desarrollo agropecuario, en lo relacionado con las cadenas agropecuarias, innovación tecnológica, protección del riesgo sanitario y el financiamiento sectorial.
  7. Dirigir el diseño de instrumentos y estrategias en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación para el sector agropecuario.
  8. Formular, coordinar e implementar la política para prevenir, corregir y mitigar el riesgo agropecuario.
  9. Formular, coordinar y dirigir la evatuación de las políticas en materia de prevención, vigilancia y control de los riesgos sanitarios, biológicos y químicos para las especies animales y vegetales y la investigación aplicada, con el fin de proteger la salud de las personas, los animales y las plantas y asegurar las condiciones del comercio.
  10. Participar en la definición de la política macroeconómica y social y en la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo, con el objeto de lograr el mejoramiento de las condiciones  de vida  de  los  pobladores  rurales  y  el crecimiento  económico  del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.
  11. Velar por la efectividad y cumplimiento de los fines que para el Sector consagran los artículos 64 a 66 de la Constitución Política, con sujeción a las normas contenidas en las leyes que los desarrollan.
  12. Coordinar con los Ministerios y el Departamento Nacional de Planeación la programación y definición de estrategias que propicien la inversión en el Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.
  13. Fijar la política de cultivos forestales productores y protectores con fines comerciales, de especies introducidas o autóctonas, en coordinación con las autoridades ambientales y de recursos naturales renovables.
  14. Participar, con las autoridades competentes, en la formulación y adopción de la política de aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables y los recursos hídricos.
  15. Dirigir el diseño, la implementación y la promoción de instrumentos, incentivos y estímulos    para la producción y comercialización agropecuaria, a través  del financiamiento, la inversión, la capitalización y el fomento a la producción.
  16. Establecer  los lineamientos  para realizar el seguimiento  a la política de libertad vigilada y control de precios de los insumos agrícolas, pecuarios, acuícolas y forestales.
  17. Formular y adoptar, en coordinación con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la política de comercio exterior de la producción agropecuaria, forestal, pesquera y acuícola nacional.
  18. Formular y adoptar la política para las negociaciones comerciales internacionales y demás negociaciones del país en los temas relacionados con el sector agropecuario.
  19. Coordinar con el DANE y otras entidades la producción de la información sectorial y realizar el análisis para la toma de decisiones.
  20. Contribuir al desarrollo de las asociaciones campesinas y las  organizaciones gremiales agropecuarias, así como la cooperación entre éstas y las entidades del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.
  21. Administrar el Fondo de Fomento Agropecuario.
  22. Formular estrategias que propendan por el desarrollo sostenible del territorio rural.
  23. Impartir los lineamientos para apoyar y coordinar la cooperación y asistencia técnica a las entidades sectoriales en las áreas de su competencia.
  24. Coordinar con los demás Ministerios y entidades de Gobierno involucradas, el desarrollo de la estrategia de Cooperación Internacional del sector.
  25. Impartir los lineamientos para asesorar a las entidades territoriales en la articulación de la política agropecuaria y de desarrollo rural en los planes de desarrollo.
  26. Propiciar, participar y coordinar con las entidades pertinentes, los escenarios de participación ciudadana en los temas de competencia del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
  27. Preparar  y  presentar  al Congreso  de  la República,  de  acuerdo  con  la agenda legislativa  del  Gobierno  Nacional,  los  proyectos  de  ley  relacionados  con  las funciones del sector y los informes de gestión anuales.
  28. Definir las políticas de gestión de la información del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.
  29. Nombrar y remover los funcionarios del Ministerio y distribuir los empleos de su planta de personal, con excepción de los empleos cuya nominación esté atribuida a otra autoridad.
  30. Dirigir y orientar las comunicaciones estratégicas del Ministerio.
  31. Ejercer la función de control disciplinario interno en los términos de la ley 734 de 2002 o en las normas que lo modifiquen.
  32. Dirigir la implementación, mantener y mejorar el Sistema Integrado de Gestión del Ministerio.
  33. Las demas previstas en la ley y las que por su naturaleza le correspondan o le sean delegadas por el Presidente de la República.

Decreto 1985 de 2013. Artículo 6°

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