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Jueves , 31 de julio de 2025
 18/07/2025

Acuerdo preliminar para la estabilización de la cadena arrocera

El Gobierno Nacional informa a la ciudadanía que, tras un proceso de diálogo respetuoso y constructivo, se alcanzó un acuerdo preliminar con la industria arrocera y Fedearroz como representante de los productores.

Esto permitirá avanzar en medidas urgentes y estructurales para enfrentar la coyuntura del sector y fortalecer su sostenibilidad en el tiempo.

En ese orden de ideas, se han definido los siguientes compromisos iniciales:


1. En uso de sus facultades legales, el Gobierno Nacional expedirá un acto administrativo que establezca un régimen de libertad regulada para definir un precio mínimo de referencia para el arroz paddy verde.

2. En sentido similar, el Gobierno nacional expedirá un acto administrativo de régimen de libertad regulada para establecer un precio mínimo de referencia para el arroz blanco, asegurando también un abastecimiento y acceso estable para los consumidores.

3. Este acuerdo reconoce que existen problemas estructurales en la cadena arrocera, razón por la cual se avanzará paralelamente en la implementación del Plan de Ordenamiento Productivo del Arroz, que articule a todos los eslabones de la cadena en una ruta conjunta de largo plazo que salvaguarde y proteja la producción primaria y la industria nacional, garantizando la soberanía alimentaria ante las fluctuaciones internacionales del arroz.

4. Previo concepto, en los términos del parágrafo del artículo 1º de la Ley 155 de 1959 y del artículo 5º de la Ley 1340 de 2009 y demás normas que regulan la materia, como muestra de voluntad para que pueda avanzarse en la concertación de un acuerdo estructural de la cadena, y con el objetivo de que la materia prima no se deteriore y los agricultores no pierdan el arroz cosechado, la Industria garantizará la compra del arroz para su almacenamiento y conservación en las condiciones de comercialización actuales, sin perjuicio de que una vez entren en vigor las regulaciones de precio antes referidas, se pague a los productores la diferencia entre el precio pagado y los precios establecidos en la resolución de libertad regulada de precios del arroz paddy verde.

5. Para concretar el presente acuerdo, el Gobierno Nacional implementará una salvaguardia sobre el arroz en los términos del artículo 5 de la ley 101 de 1993 y demás leyes que regulan la materia.

6. El Gobierno nacional reitera su compromiso con una política agropecuaria que garantice ingresos mínimos dignos para los productores, sostenibilidad para la industria y, de manera prioritaria, la soberanía alimentaria del país.

7. Seguiremos promoviendo el diálogo con los diferentes actores de la cadena, representantes de los productores, industriales y comercializadores para construir soluciones de cadena que permitan resguardar y proteger la producción e industria nacional, así como la seguridad y soberanía alimentarias.

Bogotá, 18 de julio de 2025


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