El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, del Ministerio del Interior y del Alto Comisionado para la Paz, de una parte, y de otra la Federación Colombiana de Ganaderos, FEDEGÁN, en virtud de los principios de diálogo y concertación que el Gobierno Nacional ha consagrado para unir al país alrededor del objetivo común de una Paz Total, que dignifique la vida de todos los colombianos, que facilite la convivencia en medio de las diferencias y que haga posible el desarrollo con equidad.
HEMOS CONSIDERADO:
1. Que es necesario allanar los caminos que conduzcan a la Paz Total, mediante decisiones de política pública que, dentro de la Constitución y la Ley, rompan paradigmas y hagan diferencias sustantivas en las estrategias y, por consiguiente, también en los resultados.
2. Que la Paz Total no es la sumatoria simple de la paz urbana y la paz rural, como quiera que no hay dos violencias y tampoco dos colombias, sino un solo país, agobiado por factores de violencia que se entretejen, con el narcotráfico como factor desencadenante, con la pérdida de los valores y la corrupción como su consecuencia más ominosa, y con la peor de las violencias, la del abandono y la indiferencia frente a los más necesitados y, principalmente, frente a quienes habitan en el campo colombiano, donde la presencia integral del Estado ha sido lejana, cuando no ausente, y esa lejanía es una causa más de la violencia.
3. Que, a pesar de la "unidad de patria", la Paz Total pasa necesariamente por la recuperación económica y social del campo colombiano -la Paz Territorial- y por la consecuente dignificación de la vida rural.
4. Que, a su vez, la recuperación del campo y la dignificación de la vida rural, no solo son parte del camino para superar en Colombia la fracasada guerra contras las drogas y el narcotráfico, sino condiciones sine qua non para el propósito del Gobierno Nacional, compartido plenamente por FEDEGÁN, de convertir a Colombia en potencia agroalimentaria, aprovechando sus ventajas comparativas, como su ubicación frente a los mercados, la disponibilidad de tierras y su condición de potencia hídrica y biodiversa.
5. Que, para lograrlo, el Gobierno Nacional considera como ruta estratégica y como su compromiso, la implementación y profundización del Acuerdo Final, negociado con las Farc, para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, y principalmente, la implementación y profundización del punto 1 de dicho Acuerdo: "Hacia un Nuevo Campo Colombiano: Reforma Rural Integral".
6. Que el numeral 1.1.1 de la Reforma Rural Integral (RRI) establece que "Con el propósito de lograr la democratización del acceso a la tierra, en beneficio de los campesinos y de manera especial las campesinas sin tierra o con tierra insuficiente y de las comunidades rurales más afectadas por la miseria, el abandono y el conflicto (…) el Gobierno Nacional creará un Fondo de Tierras de distribución gratuita" de carácter permanente, que dispondrá de tres (3) millones de hectáreas durante sus primeros 12 años de creación.
7. Que es necesario crear la base de tres (3) millones de hectáreas para el Fondo Nacional de Tierras al que se refiere la RRI, y que es propósito del Gobierno hacerlo con tierras fértiles, ociosas e improductivas, pero en el entendido de que la productividad de la tierra no depende solamente de su fertilidad, es decir, de sus condiciones físicas y agrológicas, sino de las condiciones adecuadas de producción que se convierten en "ventajas competitivas", sin las cuales no son aprovechables las claras ventajas comparativas del país.
8. Que, históricamente, los programas de reforma agraria se han prometido "integrales", pero nunca han logrado serlo realmente, entendida la "integralidad" como la superación del componente de "redistribución de la tierra", para pasar a la implementación simultánea de las condiciones que deben acompañarla para que sea productiva (infraestructura física) y generadora de ingresos suficientes para sacar a alguien de la pobreza monetaria, así como las condiciones que deben acompañar a las comunidades rurales para garantizarles una vida digna (infraestructura física y social), condiciones cuya ausencia combinada configura lo que hoy se conoce como "pobreza multidimensional".
9. Que para la creación de la base de tres (3) millones de hectáreas del Fondo Nacional de Tierras, el Gobierno Nacional ha definido como una de las estrategias la "compra directa" de tierras, buscando conformar núcleos territoriales que permitan la Reforma Rural Integral.
10. Que tanto la compra de predios como las acciones que sobre ellos se desarrollen, deberán estar acordes con la realidad del cambio climático, entendido como las modificaciones del clima atribuidas directa o indirectamente a la actividad humana, observada durante periodos de tiempo preestablecidos (mayores o iguales a 30 años), para desarrollar actividades productivas, la ganadería entre ellas, que permitan remover más carbono de la atmosfera bajo sistemas amigables con el ambiente, especialmente de Sistemas Silvopastoriles Intensivos, SSPI, de tal forma que el país avance en el cumplimiento de acuerdos internacionales, como las disminución de emisiones de GEI en un 51% al 2030, y ser un país carbono neutral para 2050.
11. Que dentro de las acciones que se emprendan en la Reforma Rural Integral, los Sistemas Silvopastoriles Intensivos, SSPI, para la producción de carne y leche, son una opción que se ajusta a los propósitos gubernamentales de la democratización de la tierra, unida a la recuperación económica y social del campo, toda vez que los SSPI permiten 1) Mayor carga animal por hectárea (productividad), lo que representa la misma o más ganadería en menos área. 2. Liberación de tierra fértil para reforestación o agricultura (Un millón de hectáreas en SSPI, liberaría entre dos y tres millones de hectáreas para otras actividades, sin afectar la producción ganadera). 3. Recuperación de la naturaleza en las áreas de producción ganadera (antes "potreros"). 4. Incremento sustancial de la capacidad de captura de carbono en las áreas ganaderas. 5. Incremento sustancial de la capacidad de fijación de nitrógeno del suelo, con la consecuente disminución de la aplicación de abonos químicos. 6. Mejoramiento del ingreso, de los entornos de la vida campesina y de la construcción de tejido social.
La adopción de los Sistemas Silvopastoriles Intensivos, como el modo de producción generalizado de la ganadería colombiana, no solo representaría una verdadera "revolución ambiental", sino que podría reducir la ganadería a 20 millones de hectáreas para la producción de carne y leche, y liberaría 14 millones de hectáreas para reforestación y producción de alimentos de origen agrícola.
12. Que, por las mismas razones anteriores, los Sistemas silvopastoriles Intensivos son también una opción aplicable a las obligaciones de compensación ambiental de la industria extractiva por su afectación a la naturaleza, lo cual, además de las ventajas anteriores, representaría un apalancamiento de recursos para las acciones de desarrollo rural en los predios ubicados en áreas de compensación ambiental de la industria extractiva.
A partir de las anteriores consideraciones,
ACORDAMOS:
1. Objeto del Acuerdo:
Posibilitar la compraventa directa de tres (3) millones de hectáreas de tierra por parte del Gobierno Nacional a personas pertenecientes al sector ganadero que voluntariamente deseen venderlas. La participación de FEDEGÁN en este acuerdo constituye una expresión de buena voluntad que ratifica el compromiso de las partes con la construcción de paz territorial, sin perjuicio de la manifestación voluntaria de los ganaderos respecto de su disposición a vender su tierra total o parcialmente. En todo caso, el Gobierno Nacional considerará otras fuentes para la adquisición de las tierras por compra directa con el fin de alimentar el Fondo.
2. Tierra objeto del Acuerdo:
Naturaleza jurídica y condiciones de la tenencia: Tres (3) millones de hectáreas de tierra que deben ser acreditadas como propiedad privada conforme al artículo 48 de la Ley 160 de 1994, que no estén siendo cuestionadas por la institucionalidad de restitución, que no tenga ningún proceso agrario en curso, ni medidas de protección de la Ley 387 de 1997, y que cumpla con las disposiciones ambientales y agrarias, y condiciones ecológicas. Adicionalmente, los predios deberán estar saneados en términos fiscales y con posesión en manos de sus propietarios.
3. Ubicación:
El gobierno en cabeza del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y de la mano de la UPRA evaluará la capacidad productividad de la tierra ofertada. Se precisará la ubicación de los predios a escala municipal y veredal preferiblemente, con la información que se deberá solicitar a la Agencia Nacional de Tierras, (ANT), al Ministerio del Interior y a la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN).
Se propenderá por que la adquisición de tierras tenga una concentración en número de hectáreas, que facilite la ejecución de proyectos productivos en escalas rentables. Así mismo, el Gobierno Nacional adelantará, en forma inmediata, planes de choque para la construcción y mantenimiento de las vías terciarias necesarias para facilitar a los productores la comercialización de sus productos en condiciones de competitividad.
4. Valor de la compra y forma de pago:
Las personas del sector ganadero que de manera voluntaria deseen participar en este Acuerdo, se comprometen a vender los predios por su valor comercial y catastral determinado por el IGAC tal como lo dispone la Ley 160 de 1994. El IGAC determinará precios mínimos y máximos de cada una de las ofertas, y a esto se sumará para dicha determinación el resultado del catastro multipropósito. Por su parte, el gobierno asumirá los costos a los que haya lugar para materializar el respectivo negocio jurídico. El pago se efectuará con bonos de deuda pública u otra forma de pago que determine el gobierno.
5. Destinación: Acceso a tierra y desarrollo rural
La tierra objeto de compra directa tiene como propósito alimentar el Fondo Nacional de Tierras creado en la Reforma Rural Integral, y así avanzar en la asignación de derechos en el marco del cumplimiento del Acuerdo Final, y del compromiso del Gobierno Nacional con la democratización de la tierra y el reconocimiento de derechos territoriales de comunidades campesinas, pueblos afrocolombianos e indígenas.
En términos de su utilización, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural con sus instrumentos y herramientas de política pública determinará la destinación especifica de cada una de las tierras.
6. Competencias y compromisos
- La identificación regionalizada de la demanda de tierra, y caracterización de la oferta de tierras disponibles, esto último con apoyo de FEDEGÁN.
- Caracterización de la población que será atendida, manejo de las solicitudes y proceso de entrega y formalización de la propiedad, conforme al Registro de Sujetos de Ordenamiento Social de la Propiedad creado por el Decreto Ley 902 del 2017.
- Desarrollo de lineamientos, programas y cartografías para un "plan de choque" de los programas de la Reforma Rural Integral.
- Coordinación de la convergencia territorial de las acciones de las diferentes agencias del Estado para lograr un verdadero "acompañamiento integral" en dotación de infraestructura física y social, que beneficie al mayor número de personas.
- Diseñar y ejecutar, de forma inmediata, planes de choque para la construcción y mantenimiento de las vías terciarias necesarias para facilitar a los productores la comercialización competitiva de sus productos.
- Coordinar con FEDEGÁN y otras organizaciones la prestación de servicios de asistencia técnica, transferencia de tecnología y extensión agropecuaria para el desarrollo de proyectos productivos de ganadería sostenible, priorizando la implementación de Sistemas Silvopastoriles Intensivos para la producción de carne y leche.
- Desarrollar programas de acompañamiento para acceso al crédito, así como programas de asociatividad y apoyo a la comercialización, a través de la asistencia a los Núcleos de Productores.
- Disponer de los recursos necesarios para la prestación del servicio de asistencia técnica, y para el diseño y ejecución de proyectos productivos en los predios que hacen parte de la Reforma Rural Integral.
- Facilitar la participación de organizaciones campesinas, indígenas y afrocolombianas en los territorios priorizados.
- Apoyar la identificación y ubicación de los mayores núcleos territoriales de tierra disponible con áreas que permitan atender a un mayor número de campesinos carentes de tierra o con tierra insuficiente, y que faciliten el desarrollo de proyectos ambientales sostenibles a nivel de escala de paisaje, venta de carbono, compensaciones ambientales o pago por servicios ambientales, en especial bajo la implementación de Sistemas Silvopastoriles Intensivos para la producción de carne y leche.
- Poner a disposición del acuerdo su experiencia en el diseño y ejecución de proyectos orientados a prestar los servicios de asistencia técnica, transferencia de tecnología y extensión agropecuaria, con enfoque de sostenibilidad ambiental, priorizando los sistemas de producción que propendan por la sostenibilidad, en especial los Sistemas Silvopastoriles Intensivos; sostenibilidad entendida en su acepción más amplia, es decir, en materia ambiental, económica y de mejora en los índices de productividad y rentabilidad que generen bienestar para los productores y servicios ambientales para el entorno.
- Proponer los enfoques de ganadería sostenible, a partir de Sistemas Silvopastoriles Intensivos, SSPI, mediante las siguientes acciones: i. Formulación de los proyectos productivos, incluida planificación de la financiación, ii. Acompañamiento técnico especializado, iii. Programas de capacitación en Ganadería y la sostenibilidad, iv. Monitoreo de variables productivas y ambientales, v. Formulación de proyectos de compensación ambiental. vi. Red de viveros y provisión de semillas, vii. Fortalecimiento asociativo y gremial, y viii. Veeduría ciudadana.
- Servir de facilitador, en concertación con el Gobierno Nacional, de todos los procesos y procedimientos incorporados en el presente Acuerdo.
7. Ejecución, acompañamiento y verificación
Para la ejecución de este acuerdo se creará una mesa de trabajo que por parte del Estado será liderada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, participará la Agencia Nacional de Tierras, la Agencia de Desarrollo Rural y las diferentes entidades públicas que tengan competencia para lograr su materialización, y en la cual tendrán participación también las personas que designe FEDEGÁN.
El cumplimiento y verificación de este Acuerdo contará con el acompañamiento del Banco Mundial y de la Misión de la Organización de las Naciones Unidas en Colombia.
Bogotá D. C., 6 de octubre de 2022.
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