FONDO DE FOMENTO AGROPECUARIO
El Fondo de Fomento Agropecuario impulsa las actividades que contribuyan al fomento del desarrollo del Sector Agropecuario, Pesquero, de Acuicultura y de Desarrollo Rural. El objetivo del Fondo se cumple en el marco de las políticas que adopte el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, mediante la cofinanciación de proyectos que pueden ser presentador por: La Entidad Otorgante de los subsidios de vivienda de interés social rural para las vigencias 2000 a 2017 es el Banco Agrario de Colombia- BAC. Para las vigencias 2018 y 2019 es el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
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Entidades públicas financieras del orden nacional y los Institutos de Fomento y Desarrollo de las entidades territoriales, cuando su objeto social principal se lo permita. 2. Entidades territoriales y sus organismos descentralizados, cuando el objeto principal de estos se refiera a la actividad agropecuaria, pesquera, acuícola o de desarrollo rural. 3. Organizaciones y asociaciones campesinas y/o de pescadores. 4. Cooperativas agropecuarias, pesqueras, acuícola y de desarrollo rural. 5. Empresas comunitarias y formas asociativas solidarias. 6. Asociaciones gremiales agropecuarias y pesqueras. 7. Centros de formación agropecuaria. 8. Organizaciones de grupos étnicos reconocidas ante las entidades competentes, cuando su objeto principal se refiera a la actividad agropecuaria, pesquera, acuícola o de desarrollo rural. 9. Organizaciones no gubernamentales y fundaciones cuyo objeto social principal comprenda actividades atinentes al desarrollo del sector agropecuario, pesquero, acuícola o de desarrollo rural. 10.Las demás que determine el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, siempre que el objeto social principal de las mismas, comprenda actividades atinentes al desarrollo del sector agropecuario, pesquero, acuícola o de desarrollo rural.
rural.
Para la vigencia 2021, en el marco de la estrategia de la reactivación económica, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural ha dispuesto dos líneas de cofinanciación de proyectos: Línea 1. Fortalecimiento de las actividades de transferencia tecnológica, de investigación y de modernización del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, y Línea 2. Mejoramiento de la infraestructura productiva, física y social en las áreas rurales. Lo anterior, de conformidad con la Resolución 085 de 2021.
En este espacio, usted encontrará:
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Resolución 007 de 2021 "Por la cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo de Fomento Agropecuario y se dictan otras disposiciones – Incluye el Manual operativo del Fondo".
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Resolución 000135 de 2021. “Por la cual se modifica el artículo 1 de la Resolución 000007 del 2021 “Por la cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo de Fomento Agropecuario, y se dictan otras disposiciones”.
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Resolución 000308 de 2021. "Por la cual se realiza la distribución interna de los recursos del Presupuesto de Inversión del Fondo de Fomento Agropecuario para la vigencia 2021 y se dictan otras disposiciones".
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Decreto 1701 del 19 de diciembre/2020. Por el cual se modifican algunos artículos del Decreto 1071 de 2015 - Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural - en lo relacionado con la reglamentación del Fondo de Fomento Agropecuario.
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Los formatos para la presentación de proyectos.
Los proyectos pueden ser remitidos al correo: Radicación de Proyectos
radicaciondeproyectos@minagricultura.GOV.CO, así como cualquier inquietud.