Producto / Servicio ofrecido
Es un aporte directo en dinero, como un reconocimiento del Estado a las externalidades positivas de la reforestación, que consiste en una bonificación en efectivo de los costos de siembra de plantaciones forestales con fines protectores-productores en terrenos de aptitud forestal.
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Establecimiento de especies autóctonas: 50% de los costos
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Establecimiento de especies introducidas: 50% de los costos
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Mantenimiento de las plantaciones: 50% de los costos
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Mantenimiento de las áreas de bosque natural que se encuentren dentro del plan de establecimiento y manejo forestal: 75% de los costos
Los montos establecidos para el incentivo en el año 2013:
Ecaulipto |
$ 1.913.899
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50%
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$ 956.949
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Pinos
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$ 1.836.500
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50% |
$ 948.250
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Teca |
$ 1.913.899
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50% |
$ 956.949
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Acacia |
$ 1.861.702
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50% |
$ 930.851 |
Gimelina |
$ 1.896.500
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50% |
$ 948.250
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Otras especies
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$ 1.861.702
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50% |
$ 930.851
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Ecualipto |
$ 957
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Pinos
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$ 948
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Teca |
$ 957
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Acacia |
$ 931
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Gimelina |
$ 948
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Otras especies
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$ 931
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Valor del establecimiento del árbol de caucho
En área UACT-DPCI*
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$ 5.310
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75% |
$ 3.983
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En otras áreas
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$ 5.310
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40% |
$ 2.124
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Valor del establecimiento por ha de Guadua
Guadua |
$ 1.048.547
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50% |
$ 524.274
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Requisitos para acceder
Inicia con la solicitud de elegibilidad presentada por el solicitante (persona natural o jurídica) para acceder al CIF, quien deberá inscribirse por medio de la Ventanilla Única Forestal https://vuf.minagricultura.gov.co o en el Portal Web de FINAGRO www.finagro.com.co en el enlace Operaciones en línea - Artemisa o directamente en el enlace https://apl.finagro.com.co/artemisa, y termina con la finalización de las actividades y obligaciones pactadas en el contrato de reforestación, suscrito entre el beneficiario y FINAGRO.
Dicha inscripción incluyendo el registro en línea del proyecto podrá realizarse A PARTIR DEL 14 DE MAYO DE 2013 DESDE LAS 10:00 AM, HASTA EL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 4:59 PM.
Los nuevos proyectos de reforestación comercial que serán objeto de elegibilidad, otorga-miento y pago del CIF corresponden a aquellos que cumplan con las siguientes condiciones:
Contar con un Plan de Establecimiento y Manejo Forestal – PEMF para una nueva plantación forestal comercial, que a su vez hará parte integral del contrato que suscribirán FINAGRO y el Beneficiario. Entendida la nueva plantación forestal tal y como se define en el Decreto 2448 de diciembre de 2012.
Su establecimiento deberá realizarse en suelos de aptitud forestal que no se encuentren ni hayan estado en los últimos cinco (5) años con cobertura de bosque natural.
Que el solicitante del incentivo sea propietario o arrendatario demostrado por medio de títulos de derecho real de dominio o contrato de arrendamiento del suelo, en el cual se va a efectuar la plantación, otra calidad de aprovechamiento del predio no es aceptable para ser beneficiario del CIF.
Cumplir con los demás requisitos técnicos forestales (financieros, ambientales y sociales) y jurídicos que se describen en los presentes Términos de Referencia, así como los estableci-dos en la Ley 139 de 1994; sus decretos reglamentarios y el Manual Operativo del CIF vigen-te.
Condiciones que serán valoradas de acuerdo con los estudios y aprobaciones que se detallan en los presentes Términos de Referencia.
Para aquellos Planes de Establecimiento y Manejo Forestal en los que se solicite incentivo por mantenimiento del bosque natural, éste se podrá reconocer y pagar sobre un área equivalente de hasta el veinte por ciento (20%) de la nueva área beneficiaria del CIF que se establezca con dicho Plan.
La información mínima e indispensable para comenzar la fase de solicitud de elegibilidad que el solicitante entregue en la Solución Tecnológica Artemisa debe ser veraz, completa y hacer parte de los datos de contacto, específicos y cotidianos del beneficiario, dicha información está compuesta por la siguiente información:
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Tipo y Nº de identificación
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Fecha de expedición documento
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Ciudad de expedición
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NIT
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Digito de verificación
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Primer nombre
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Segundo nombre
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Primer apellido
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Segundo apellido
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Razón social
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Teléfono fijo / Celular
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Correo electrónico (de revisión constante)
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Usuario
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Contraseña
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Confirmar contraseña
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Área estimada
El solicitante, al momento de la inscripción, creará un nombre de usuario y una clave de acceso, con los cuales, quedará inscrito en la Solución Tecnológica Artemisa. Al correo electrónico inscrito se enviará un mensaje confirmando el éxito de la inscripción, junto con los requisitos para ser activado como usuario en Artemisa.
Dentro de las especies forestales autóctonas financiadas por el CIF son las siguientes:
Tabebuio rosea |
Roble |
Bombacopsis quinata |
ceiba rojas |
Cordia alliodora |
Nogal cafetero |
Ochroma pyramidale |
Balso |
Hevea brasilensis |
Caucho |
Guadua angustifolia |
Guadua |
Eucalyptus camaldulensis |
Eucalipto plateado |
Eucalyptus globullus |
Eucalipto |
Eucalyptus grandis |
Eucalipto |
Eucalyptus urophylla |
Eucalipto |
Eucalyptus tereticomis |
Eucalipto |
Pinus cocarpa |
Pino |
Pinus patula |
Pino |
Pinus maximinoi |
Pino |
Pinus tecuma |
Pino |
Tectona grandis |
Teca |
Gmelina |
Melina |
Acacia mangium |
Acacia |
Los híbridos, así como sus variedades, obtenidos de las especies introducidas, ya sean importadas o aún producidos dentro del territorio nacional, serán igualmente considerados como especies introducidas para los efectos de otorgamiento del CIF.
Cobertura
Todo el territorio nacional.
Términos