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Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

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Viernes , 19 de abril de 2024

 02/07/2013

Certificado de Incentivo Forestal - CIF 2013

Objetivo

Es un reconocimiento del Estado Colombiano, a través del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural -MADR- en convenio de administración con FINAGRO, a las externalidades positivas de la reforestación. Reconocimiento del 50% de los costos de establecimiento y mantenimiento de la plantación forestal hasta el quinto año.

Población Beneficiaria

  • Toda persona natural o jurídica de carácter privado
  • Entidad descentralizada de los ámbitos municipal o distrital cuyo objeto sea la presta-ción de servicios públicos de acueducto y alcantarillado,
  • Departamentos, municipios, distritos, asociaciones de municipios y áreas metropolitanas. Consorcios y/o Uniones temporales
  • Las ofertas podrán ser presentadas por dos o más personas jurídicas, en consorcio o unión temporal.

Producto / Servicio ofrecido

Es un aporte directo en dinero, como un reconocimiento del Estado a las externalidades positivas de la reforestación, que consiste en una bonificación en efectivo de los costos de siembra de plantaciones forestales con fines protectores-productores en terrenos de aptitud forestal.

  • Establecimiento de especies autóctonas: 50% de los costos
  • Establecimiento de especies introducidas: 50% de los costos
  • Mantenimiento de las plantaciones: 50% de los costos
  • Mantenimiento de las áreas de bosque natural que se encuentren dentro del plan de establecimiento y manejo forestal: 75% de los costos

Los montos establecidos para el incentivo en el año 2013:

​Especies ​Valor promedio Nacional de los costos totales netos (ha) en pesos ($)
​Cuantía del incentivo (%)
Valor a pagar por incentivo forestal (Ha) en pesos ($)​
​Ecaulipto ​$ 1.913.899
50%
​$ 956.949
​Pinos
​$ 1.836.500
​50% ​$ 948.250
​Teca ​$ 1.913.899
​50% ​$ 956.949
​Acacia ​$ 1.861.702
50%​ $ 930.851​
​Gimelina ​$ 1.896.500
​50% ​$ 948.250
​Otras especies
​$ 1.861.702
​50% ​$ 930.851
Especies​ ​Valor el incentivo por arbol
​Ecualipto ​$ 957
Pinos
​$ 948
​Teca ​$ 957
​Acacia ​$ 931
​Gimelina ​$ 948
​Otras especies
​$ 931

Valor del establecimiento del árbol de caucho

​Valor promedio
​Valor Promedio Nacional de los costos netos (árbol)
​Cuantía del incentivo
​Valor a pagar
​En área UACT-DPCI*
​$ 5.310
​75% ​$ 3.983
​En otras áreas
​$ 5.310
​40% ​$ 2.124
Valor del establecimiento por ha de Guadua

​Valor promedio
​Valor promedio nacional de los costos netos
​Cuantía del incentivo
​Valor a pagar
​Guadua ​$ 1.048.547
​50% ​$ 524.274

Requisitos para acceder

Inicia con la solicitud de elegibilidad presentada por el solicitante (persona natural o jurídica) para acceder al CIF, quien deberá inscribirse por medio de la Ventanilla Única Forestal https://vuf.minagricultura.gov.co o en el Portal Web de FINAGRO www.finagro.com.co en el enlace Operaciones en línea - Artemisa o directamente en el enlace https://apl.finagro.com.co/artemisa, y termina con la finalización de las actividades y obligaciones pactadas en el contrato de reforestación, suscrito entre el beneficiario y FINAGRO.

Dicha inscripción incluyendo el registro en línea del proyecto podrá realizarse  A PARTIR DEL 14 DE MAYO DE 2013 DESDE LAS 10:00 AM, HASTA EL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 4:59 PM.

Los nuevos proyectos de reforestación comercial que serán objeto de elegibilidad, otorga-miento y pago del CIF corresponden a aquellos que cumplan con las siguientes condiciones:

Contar con un Plan de Establecimiento y Manejo Forestal – PEMF para una nueva plantación forestal comercial, que a su vez hará parte integral del contrato que suscribirán FINAGRO y el Beneficiario. Entendida la nueva plantación forestal tal y como se define en el Decreto 2448 de diciembre de 2012.

Su establecimiento deberá realizarse en suelos de aptitud forestal que no se encuentren ni hayan estado en los últimos cinco (5) años con cobertura de bosque natural.

Que el solicitante del incentivo sea propietario o arrendatario demostrado por medio de títulos de derecho real de dominio o contrato de arrendamiento del suelo, en el cual se va a efectuar la plantación, otra calidad de aprovechamiento del predio no es aceptable para ser beneficiario del CIF.

Cumplir con los demás requisitos técnicos forestales (financieros, ambientales y sociales) y jurídicos que se describen en los presentes Términos de Referencia, así como los estableci-dos en la Ley 139 de 1994; sus decretos reglamentarios y el Manual Operativo del CIF vigen-te.

Condiciones que serán valoradas de acuerdo con los estudios y aprobaciones que se detallan en los presentes Términos de Referencia.

Para aquellos Planes de Establecimiento y Manejo Forestal en los que se solicite incentivo por mantenimiento del bosque natural, éste se podrá reconocer y pagar sobre un área equivalente de hasta el veinte por ciento (20%) de la nueva área beneficiaria del CIF que se establezca con dicho Plan.

La información mínima e indispensable para comenzar la fase de solicitud de elegibilidad que el solicitante entregue en la Solución Tecnológica Artemisa debe ser veraz, completa y hacer parte de los datos de contacto, específicos y cotidianos del beneficiario, dicha información está compuesta por la siguiente información:

  • Tipo y Nº de identificación
  • Fecha de expedición documento
  • Ciudad de expedición
  • NIT
  • Digito de verificación
  • Primer nombre
  • Segundo nombre
  • Primer apellido
  • Segundo apellido
  • Razón social
  • Teléfono fijo / Celular
  • Correo electrónico (de revisión constante)
  • Usuario
  • Contraseña
  • Confirmar contraseña
  • Área estimada

El solicitante, al momento de la inscripción, creará un nombre de usuario y una clave de acceso, con los cuales, quedará inscrito en la Solución Tecnológica Artemisa. Al correo electrónico inscrito se enviará un mensaje confirmando el éxito de la inscripción, junto con los requisitos para ser activado como usuario en Artemisa.

Dentro de las especies forestales autóctonas  financiadas por el CIF son las siguientes:

Nombre científico Nombre común
Tabebuio rosea Roble
Bombacopsis quinata ceiba rojas
Cordia alliodora Nogal cafetero
Ochroma pyramidale Balso
Hevea brasilensis Caucho
Guadua angustifolia Guadua
Eucalyptus camaldulensis Eucalipto plateado
Eucalyptus globullus Eucalipto
Eucalyptus grandis Eucalipto
Eucalyptus urophylla Eucalipto
Eucalyptus tereticomis Eucalipto
Pinus cocarpa Pino
Pinus patula Pino
Pinus maximinoi Pino
Pinus tecuma Pino
Tectona grandis Teca
Gmelina Melina
Acacia mangium Acacia

Los híbridos, así como sus variedades, obtenidos de las especies introducidas, ya sean importadas o aún producidos dentro del territorio nacional, serán igualmente considerados como especies introducidas para los efectos de otorgamiento del CIF.

Cobertura

Todo el territorio nacional.

Términos

Términos

Entidad Ejecutora

FINAGRO

Dirección

Cra. 13 No. 28-17 pisos 2-5 Bogotá

Responsable

Amparo Mondragon

Cargo

Directora Forestal

Correo Electrónico

amondragon@finagro.com.co

Teléfono

3203377 ext.351 ,352, 353, 354, 355

Contacto del Ministerio

Nombre

Marlene Velásquez Jiménez

Cargo

Profesional CIF

Correo Electrónico

marlene.velasquez@minagricultura.gov.co

Teléfono

2543300 ext. 5446


Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural 

 

 

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