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Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

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Viernes , 10 de mayo de 2024
 

Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios - PAP para el Sector Agropecuario

  • Mediante el Decreto Legislativo 803 de 2020 y las Resoluciones 178 de 2020 y 249 del 26 de octubre de 2020, se estableció el Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios - PAP para el sector agropecuario.
  • Es un programa social del Estado que otorgará con cargo a los recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias - FOME, un único aporte monetario de naturaleza estatal a los beneficiarios del mismo, con el objeto de apoyar y subsidiar el primer pago de la prima de servicios del año 2020 a las personas naturales que sean trabajadoras y/o productoras del campo colombiano.

Plazo para la recepción de postulaciones.

  • Desde el 09 de noviembre hasta el 13 de noviembre a las 4 p.m.

Población Beneficiaria

  • Podrán ser beneficiarios del programa, las personas naturales que sean trabajadoras y/o productoras del campo colombiano, que demuestren la necesidad del aporte estatal, certificando una disminución del veinte por ciento (20%) o más en sus ingresos.
  • Los beneficiarios deberán contar con un producto de depósito en una entidad financiera.
  • Los beneficiarios deberán tener al menos un (1) empleado reportado, en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA, en el periodo de cotización del mes de junio de 2020 y que este haya sido trabajador reportado desde antes del primero de febrero de 2020. Se entenderán por empleados, los trabajadores dependientes por los cuales el beneficiario haya cotizado, al Sistema General de Seguridad Social en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA, con un ingreso base de cotización desde un salario mínimo mensual legal vigente hasta un millón de pesos ($1.000.000).
  • Los beneficiarios deberán presentar certificación donde conste la identidad y calidad de productor y/o trabajador del campo, expedida por el Administrador de la Contribución Parafiscal correspondiente.
  • No podrán acceder al programa las personas naturales que sean Personas Expuestas Políticamente - PEP o sean cónyuges, compañeros permanentes o parientes en el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil de Personas Expuestas Políticamente - PEP. 
La cuantía del aporte estatal que recibirán los beneficiarios del Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios - PAP para el Sector Agropecuario, corresponderá al número de empleados que cumplan con el requisito según lo establecido en el parágrafo 7 del artículo 3 del Decreto Legislativo 803 de 2020, multiplicado por doscientos veinte mil pesos ($220.000). 
Para realizar la postulación, el beneficiario deberá presentar ante la respectiva entidad financiera el formulario para acceder al Programa junto con sus anexos debidamente diligenciados, los cuales podrá descargar desde la página web de la entidad financiera donde tenga su producto de depósito.

  1. Formulario de postulación estandarizado. 
  2. Solicitud firmada por la persona natural empleadora, en la cual se manifiesta la intención de ser beneficiario del PAP para el Sector Agropecuario. 
  3. Certificación firmada por la Persona Natural Empleadora y el Revisor Fiscal o Contador Público, de cumplimiento de requisitos, en la que certifique la disminución de al menos el 20% de sus ingresos, demostrando explícitamente cuál de las dos opciones es la aplicable:
    1. Opción 1. Comparar los ingresos del mes inmediatamente anterior al de la solicitud del aporte con el mismo mes del año 2019. (ej: septiembre 2019 vs septiembre 2020).
    2. Opción 2. Comparar los ingresos del mes inmediatamente anterior al de la solicitud del aporte con el promedio aritmético de ingresos de enero y febrero de 2020.
  4. Certificación expedida por la administradora de la contribución parafiscal correspondiente, donde conste la identidad y calidad de productores y/o trabajadores del campo.  Este documento debe ser expedido dentro de los 30 días anteriores a la presentación de la postulación.

​Todo el territorio Nacional

Entidad Ejecutora

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  • Dirección

     Av. Jiménez 7A-17, Piso 5

  • Responsable

     Jorge Hernando Cáceres Duarte

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     Oficina Asesora de Planeación y Prospectiva. Jefe de Oficina

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Contacto del Ministerio

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