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Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

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Jueves , 25 de abril de 2024

Listado Potenciales Beneficiarios

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PROGRAMA DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL RURAL (VISR) 2018.

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MARCO LEGAL DEL PROGRAMA

Dentro del marco normativo con el que se sustenta el actual programa de Vivienda de Interés Social Rural – VISR- del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural – MADR-,con el cual se otorgan Subsidios Familiares de Vivienda de Interés Social Rural –SFVISR- para la construcción de vivienda nueva y/o mejoramiento en sitio propio ubicado en área rural, a través de una Entidad Otorgante del Subsidio, le corresponde al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural – MADR, otorgar lo​s subsidios familiares de vivienda de interés social rural y prioritario rural de que trata la Ley 3 de 1991 y los que se otorguen con ocasión de la implementación del Plan Nacional de Construcción y Mejoramiento de Vivienda Social Rural para las solución de vivienda ubicada en zona rural, de conformidad con lo establecido en los planes de ordenamiento territorial, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Ley 890 de 2017, el cual se encuentra actualmente reglamentado por lo establecido en el Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015 y el Decreto 1934 de 2015, que modificó el Decreto 1071 de 2015​, ¨Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, en lo relacionado con la reglamentación y valor del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural –VISR¨, y lo dispuesto en el Decreto Ley 890 de 2017.


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ORIGEN DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS PARA EL PROGRAMA VISR -2018

En atención a lo anterior, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural – MADR-, con ocasión a la distribución de los recursos asignados por el gobierno nacional para el desarrollo del programa de vivienda de interés social rural para el año 2018, en consideración a las recomendaciones impartidas por la Comisión Intersectorial de Vivienda de Interés Social Rural, expidió la Resolución No. 000178 del 19 de abril del año 2018, por medio de la cual se llevó a cabo la distribución de recursos del Programa de Vivienda de Interés Social y Prioritario Rural para la vigencia 2018, a través de la cual, se distribuyeron recursos del programa de vivienda rural en 28 Departamentos del país, por valor de $128.744.974.864, por Bolsa Nacional y por Bolsa de víctimas, dirigidos a beneficiar la población rural, priorizándose a 222 municipios de todo el país.

 

¿CÓMO SE CALIFICARON LOS HOGARES POSTULADOS?

En razón a lo anterior, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, se permite informar los listados (bolsa nacional y bolsa víctimas), con los 10.347 hogares potenciales beneficiarios, producto de la calificación de todos los hogares postulados por las Entidades Oferentes dentro del programada de vivienda rural para la vigencia 2018 de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.5.2.1 del Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015. 

Para el logro de los resultados y agilidad de los mismos, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural desarrolló a través de la Agencia Nacional Digital, una plataforma cuyo objeto fue mejorar y fortalecer el proceso de otorgamiento y seguimiento al subsidio familiar de vivienda de interés social rural - SFVISR.  

Los criterios de calificación para el desarrollo de la plataforma están sustentados en el Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015 y el Decreto 1934 de 2015, que modificó el Decreto 1071 de 2015, Artículo 2.2.1.5.2.1 y la resolución 232 publicada el 4 de Octubre de 2016.​


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ENTIDAD OPERADORA DEL PROGRAMA VISR -2018 

El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Como entidad responsable del otorgamiento del subsidio para esta vigencia 2018, ha contratado como Entidad Operadora del SVISR a FIDUAGRARIA, la cual se encargará de realizar el diagnóstico y estructuración a las familias previamente calificadas en el orden de puntaje obtenido conforme a los criterios establecidos en el Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015, Artículo 2.2.1.5.2.1 y la resolución 232 publicada el 4 de Octubre de 2016.

 

Una vez se surta este proceso, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo rural como Entidad Otorgante y a partir de la viabilidad emitida por la entidad Operadora (Fiduagraria), procederá a suscribir el acto administrativo correspondiente para la adjudicación condicionada del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural conforme a lo dispuesto en el Articulo 2.2.1.5.5.2., del Decreto 1071 de 2015, hasta agotar los recursos asignados al Municipio, conforme al orde de viabilidad y a la normatividad vigente.


RECOMENDACIONES PARA PRÓXIMAS CONVOCATORIAS

1. Exhortamos a los hogares que no hayan sido beneficiadas del SFVISR estar pendiente a través de nuestra página www.minagricultura.gov.co de las próximas convocatorias, las cuales se realizan en cada vigencia.  Así mismo, tener en cuenta los requisitos para acceder al programa de vivienda de interés social rural y una vez, se presenten a través de las entidades oferentes, asegurarse de que la información y documentos suministrados estén debidamente cargados a la plataforma.

2. Finalmente, es importante mencionar que el acceso al subsidio VISR es GRATUITO y en ningún caso al potencial beneficiario del SVISR, se le deberán hacer cargos o costo alguno para efectos de la postulación; es importante señalar que las administraciones municipales no necesitan de intermediarios o gestores de proyectos ante esta cartera ministerial para efectos de la priorización de su municipio. ​

3. Para obtener mayor información sobre el programa de vivienda de interés social rural, lo invitamos a consultar la página web, link: http://www.minagricultura.gov.co/paginas/vivienda-rural.aspx​


NOTA: ESTE LISTADO DE POTENCIALES BENEFICIARIOS CALIFICADOS NO SON OBJETO DE SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL RURAL HASTA QUE NO SE SURTAN LOS PROCESOS MENCIONADOS CON ATERIORIDAD.

@MinAgricultura

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