Las propuestas que se presenten en esta Convocatoria, podrán incluir los siguientes tipos de proyecto:
- CONSTRUCCIÓN DE NUEVOS PROYECTOS DE RIEGO, DRENAJE O RIEGO Y DRENAJE 
- AMPLIACIÓN DE PROYECTOS DE RIEGO, DRENAJE O RIEGO Y DRENAJE
- REHABILITACIÓN DE PROYECTOS DE RIEGO, DRENAJE O RIEGO Y DRENAJE 
   Monto máximo del apoyo económico
El
 valor de la cofinanciación solicitada para el desarrollo del proyecto 
en ningún caso podrá superar el 80% del valor total del mismo. 
   
   
Los apoyos que podrán solicitar los aspirantes no podrán superar los siguientes topes: 
   
      
      
         | CONSTRUCCIÓN DE NUEVOS PROYECTOS O AMPLIACIÓN DE PROYECTOS DE RIEGO O RIEGO Y DRENAJE | $4.000.000.000 | $ 40.000.000 | 
      
         | CONSTRUCCIÓN DE NUEVOS PROYECTOS O AMPLIACIÓN DE PROYECTOS DE DRENAJE | $ 2.000.000.000 | $ 20.000.000 | 
      
         | REHABILITACIÓN DE DISTRITOS DE RIEGO Y/O DRENAJE | $2.000.000.000 | $ 20.000.000 | 
   
   Contrapartida
Cuando
 el proyecto presentado por el Aspirante beneficie ÚNICAMENTE a pequeños
 y medianos productores, el valor de la contrapartida será mínimo del 
20% del valor total del proyecto. Indistintamente del porcentaje 
aportado el cual podrá ser superior al 20%, el Aspirante deberá cumplir 
las siguientes condiciones: 
- Mínimo el 5% del valor del proyecto deberá ser aportado como recursos en efectivo propios de la Asociación.
- El
 resto de los aportes de contrapartida deben ser entregados como 
recursos líquidos y podrán provenir de fuentes diferentes a la 
Asociación.
 Cuando el proyecto presentado por el 
Aspirante beneficie a pequeños, medianos y grandes productores, la 
participación de los grandes productores estará supeditada al 
cumplimiento de las siguientes condiciones: 
- A los grandes productores sólo se les otorgará hasta el 60% del Incentivo
- El total de la contrapartida de los grandes productores (40%) deberá ser aportada en efectivo.
- La
 extensión total de los predios pertenecientes a Grandes productores que
 hagan parte del proyecto, en ningún momento podrá superar el 30% del 
área total del mismo.
Cuando en el presupuesto del proyecto 
NO se  incluyan los recursos necesarios para el sostenimiento del 
encargo fiduciario y cubrir los demás gastos financieros (retefuente, 
GMF, administración de fiducia),  la Asociación deberá asumir dichos 
costos con recursos adicionales a la contrapartida.
Los recursos 
que disponga la asociación para garantizar los diseños, implementación y
 construcción del proyecto de riego intrapredial en ningún momento se 
considerarán como parte de la contrapartida.
Presupuesto de la convocatoria
El
 Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural tiene presupuestada la 
suma $71.500.000.000 (SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS), 
como Apropiación Presupuestal de las vigencia 2013 y 2014.
Términos de referenciaTener los Estudios y Diseños completos y detallados de las obras a construir, ampliar o rehabilitar y el costo de las mismas. 
El
 aspirante deberá presentar estudios y diseños completos del proyecto en
 cada uno de sus componentes (obra civil, proyecto productivo, 
sostenibilidad del proyecto, entre otras), en el nivel de diagnóstico y 
detalle establecido.
Tener la RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE AGUAS 
emitida por la Respectiva autoridad Ambiental la cual deberá estar 
vigente al momento del cierre de la convocatoria y durante el tiempo 
estimado de ejecución de las obras civiles. 
Los productores a beneficiar con la adecuación de tierras, solo podrán hacer parte de los usuarios de UN SOLO PROYECTO. 
Cuando
 alguno de los pequeños productores asociados tengan más de un predio, 
en calidad de propietario o poseedor, dentro del área total a 
beneficiar, podrá incluirlos en el proyecto, siempre y cuando la suma de
 la extensión de todos los predios no supere el tamaño de una (1) UAF, 
ni se superen los montos máximos establecidos por usuario. En este caso,
 se instalará un punto de abastecimiento de agua por cada predio 
presentado. 
Solo podrá existir UN (1) PRODUCTOR por predio, en 
condición de TENENCIA (arrendatario, usufructuario, comodatario, en 
proceso de sucesión, entre otros)
Las Asociaciones de Usuarios de Distrito de Riego deben estar conformadas por mínimo 15 productores.
Se
 pueden adecuar mínimo 30 hectáreas y máximo 1000 hectáreas en proyectos
 para Construcción Nueva o Ampliación. En el caso de Rehabilitación no 
existe área máxima ni mínima a rehabilitar; sin embargo, en ningún caso 
se podrán superar los topes de cofinanciación del Gobierno Nacional 
establecidos en los Términos de Referencia.
Tipos de obras a confinanciar
El
 tipo de obras de infraestructura para adecuación de tierras, que pueden
 ser objeto de cofinanciación con recursos del Ministerio, son: 
- Obras de Captación 
- Obras de Conducción 
- Obras de Almacenamiento
- Redes de Distribución 
- Obras de Control de Inundaciones para proteger la infraestructura productiva del Distrito. 
Cualquier
 actividad constructiva que se realice con anterioridad a la asignación 
de la cofinanciación o cualquier otra que se realice durante la 
ejecución del proyecto y no esté contemplada dentro del mismo y que se 
presente como parte del proyecto se entenderá como ejecutado bajo la 
responsabilidad del aspirante y en ningún caso se presentará como 
actividad o componente del proyecto.
Evaluación, calificación y selección de los proyectos
Una
 vez cerrada la convocatoria, el INCODER procederá a  realizar las  
actividades previs-tas para la selección y calificación de los proyectos
 presentados, atendiendo los siguientes procesos:
- Verificación del Cumplimiento de Requisitos Mínimos Habilitantes
- Evaluación y Calificación de Proyectos
Aquellos
 proyectos que superen la etapa de revisión de Requisitos Mínimos 
Habilitantes, y que estén publicados en el portal web del INCODER y el 
MADR como proyectos ELEGIBLES, serán evaluados por un panel de expertos 
 en cada uno de los componentes (técnico, financiero, ambiental, 
productivo y jurídico), con el propósito de verificar la calidad, 
pertinencia y coherencia de la información entregada por los aspirantes y
 del proyecto en su conjunto.
Condiciones para la ejecución de los recursos
1. Acuerdos de financiamiento
Los
 Aspirantes que una vez surtida la etapa de evaluación y calificación de
 proyectos, hayan sido elegibles para el otorgamiento del incentivo, 
deberán suscribir con EL OPERADOR (el MADR firmará un Contrato 
Interadministrativo con un OPERADOR idóneo, para que esta entidad 
administre los recursos de Cofinanciamiento para la adecuación de 
tierras e infraestructura en riego y drenaje) un ACUERDO DE 
FINANCIAMIENTO, en un plazo no superior a CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS 
CALENDARIO, contados desde la fecha de publicación de los resultados de los proyectos elegibles por parte del MADR.