Las propuestas que se presenten en esta Convocatoria, podrán incluir los siguientes tipos de proyecto:
- CONSTRUCCIÓN DE NUEVOS PROYECTOS DE RIEGO, DRENAJE O RIEGO Y DRENAJE
- AMPLIACIÓN DE PROYECTOS DE RIEGO, DRENAJE O RIEGO Y DRENAJE
- REHABILITACIÓN DE PROYECTOS DE RIEGO, DRENAJE O RIEGO Y DRENAJE
Monto máximo del apoyo económico
El
valor de la cofinanciación solicitada para el desarrollo del proyecto
en ningún caso podrá superar el 80% del valor total del mismo.
Los apoyos que podrán solicitar los aspirantes no podrán superar los siguientes topes:
CONSTRUCCIÓN DE NUEVOS PROYECTOS O AMPLIACIÓN DE PROYECTOS DE RIEGO O RIEGO Y DRENAJE |
$4.000.000.000 |
$ 40.000.000 |
CONSTRUCCIÓN DE NUEVOS PROYECTOS O AMPLIACIÓN DE PROYECTOS DE DRENAJE |
$ 2.000.000.000 |
$ 20.000.000 |
REHABILITACIÓN DE DISTRITOS DE RIEGO Y/O DRENAJE |
$2.000.000.000 |
$ 20.000.000 |
Contrapartida
Cuando
el proyecto presentado por el Aspirante beneficie ÚNICAMENTE a pequeños
y medianos productores, el valor de la contrapartida será mínimo del
20% del valor total del proyecto. Indistintamente del porcentaje
aportado el cual podrá ser superior al 20%, el Aspirante deberá cumplir
las siguientes condiciones:
- Mínimo el 5% del valor del proyecto deberá ser aportado como recursos en efectivo propios de la Asociación.
- El
resto de los aportes de contrapartida deben ser entregados como
recursos líquidos y podrán provenir de fuentes diferentes a la
Asociación.
Cuando el proyecto presentado por el
Aspirante beneficie a pequeños, medianos y grandes productores, la
participación de los grandes productores estará supeditada al
cumplimiento de las siguientes condiciones:
- A los grandes productores sólo se les otorgará hasta el 60% del Incentivo
- El total de la contrapartida de los grandes productores (40%) deberá ser aportada en efectivo.
- La
extensión total de los predios pertenecientes a Grandes productores que
hagan parte del proyecto, en ningún momento podrá superar el 30% del
área total del mismo.
Cuando en el presupuesto del proyecto
NO se incluyan los recursos necesarios para el sostenimiento del
encargo fiduciario y cubrir los demás gastos financieros (retefuente,
GMF, administración de fiducia), la Asociación deberá asumir dichos
costos con recursos adicionales a la contrapartida.
Los recursos
que disponga la asociación para garantizar los diseños, implementación y
construcción del proyecto de riego intrapredial en ningún momento se
considerarán como parte de la contrapartida.
Presupuesto de la convocatoria
El
Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural tiene presupuestada la
suma $71.500.000.000 (SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS),
como Apropiación Presupuestal de las vigencia 2013 y 2014.
Términos de referenciaTener los Estudios y Diseños completos y detallados de las obras a construir, ampliar o rehabilitar y el costo de las mismas.
El
aspirante deberá presentar estudios y diseños completos del proyecto en
cada uno de sus componentes (obra civil, proyecto productivo,
sostenibilidad del proyecto, entre otras), en el nivel de diagnóstico y
detalle establecido.
Tener la RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE AGUAS
emitida por la Respectiva autoridad Ambiental la cual deberá estar
vigente al momento del cierre de la convocatoria y durante el tiempo
estimado de ejecución de las obras civiles.
Los productores a beneficiar con la adecuación de tierras, solo podrán hacer parte de los usuarios de UN SOLO PROYECTO.
Cuando
alguno de los pequeños productores asociados tengan más de un predio,
en calidad de propietario o poseedor, dentro del área total a
beneficiar, podrá incluirlos en el proyecto, siempre y cuando la suma de
la extensión de todos los predios no supere el tamaño de una (1) UAF,
ni se superen los montos máximos establecidos por usuario. En este caso,
se instalará un punto de abastecimiento de agua por cada predio
presentado.
Solo podrá existir UN (1) PRODUCTOR por predio, en
condición de TENENCIA (arrendatario, usufructuario, comodatario, en
proceso de sucesión, entre otros)
Las Asociaciones de Usuarios de Distrito de Riego deben estar conformadas por mínimo 15 productores.
Se
pueden adecuar mínimo 30 hectáreas y máximo 1000 hectáreas en proyectos
para Construcción Nueva o Ampliación. En el caso de Rehabilitación no
existe área máxima ni mínima a rehabilitar; sin embargo, en ningún caso
se podrán superar los topes de cofinanciación del Gobierno Nacional
establecidos en los Términos de Referencia.
Tipos de obras a confinanciar
El
tipo de obras de infraestructura para adecuación de tierras, que pueden
ser objeto de cofinanciación con recursos del Ministerio, son:
- Obras de Captación
- Obras de Conducción
- Obras de Almacenamiento
- Redes de Distribución
- Obras de Control de Inundaciones para proteger la infraestructura productiva del Distrito.
Cualquier
actividad constructiva que se realice con anterioridad a la asignación
de la cofinanciación o cualquier otra que se realice durante la
ejecución del proyecto y no esté contemplada dentro del mismo y que se
presente como parte del proyecto se entenderá como ejecutado bajo la
responsabilidad del aspirante y en ningún caso se presentará como
actividad o componente del proyecto.
Evaluación, calificación y selección de los proyectos
Una
vez cerrada la convocatoria, el INCODER procederá a realizar las
actividades previs-tas para la selección y calificación de los proyectos
presentados, atendiendo los siguientes procesos:
- Verificación del Cumplimiento de Requisitos Mínimos Habilitantes
- Evaluación y Calificación de Proyectos
Aquellos
proyectos que superen la etapa de revisión de Requisitos Mínimos
Habilitantes, y que estén publicados en el portal web del INCODER y el
MADR como proyectos ELEGIBLES, serán evaluados por un panel de expertos
en cada uno de los componentes (técnico, financiero, ambiental,
productivo y jurídico), con el propósito de verificar la calidad,
pertinencia y coherencia de la información entregada por los aspirantes y
del proyecto en su conjunto.
Condiciones para la ejecución de los recursos
1. Acuerdos de financiamiento
Los
Aspirantes que una vez surtida la etapa de evaluación y calificación de
proyectos, hayan sido elegibles para el otorgamiento del incentivo,
deberán suscribir con EL OPERADOR (el MADR firmará un Contrato
Interadministrativo con un OPERADOR idóneo, para que esta entidad
administre los recursos de Cofinanciamiento para la adecuación de
tierras e infraestructura en riego y drenaje) un ACUERDO DE
FINANCIAMIENTO, en un plazo no superior a CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS
CALENDARIO, contados desde la fecha de publicación de los resultados de los proyectos elegibles por parte del MADR.