Saltar al contenido principal
SharePoint

Skip Navigation LinksComercialización-de-fibra-de-algodón

¿Sabes que es GOV.CO?

¿Sabes que es GOV.CO? Conócelo aquí

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

Inicio de sesión
Viernes , 26 de abril de 2024
 23/09/2020

Programa de apoyo a la comercialización de fibra de algodón a los pequeños y medianos productores

Implementar el apoyo a la Comercialización de fibra de algodón a los pequeños y medianos productores de los Departamentos de Tolima, Huila, Cundinamarca y Valle del Cauca para aliviar los efectos adversos al Coronavirus Covid 19.

Podrán participar en el programa establecido, los pequeños y medianos productores de algodón de la Zona interior (Tolima, Huila, Cundinamarca y Valle del Cauca) a través de las agremiaciones y/o empresas algodoneras; y que cumpolan todos los requisitos y condiciones derivadas  de la aplicación del presente instructivo.
El valor del apoyo a la comercialización de fibra de algodón a los pequeños y medianos productores de los Departamentos de Tolima, Huila, Cundinamarca y Valle del Cauca para aliviar los efectos adversos del Coronavirus COVID 19, será de hasta TRESCIENTOS MIL PESOS ($300.000) M/CTE por tonelada de fibra comercializada y debidamente facturada.
Los pequeños y medianos productores de algodón a través de las empresas algodoneras o agremiaciones que los representen deben inscribirse en la Confederación Colombiana del Algodón – CONALGODÓN, a través del link que se habilitará en el portal web www.conalgodon.com, a partir del sexto (6) día hábil siguiente a la fecha de publicación de la resolución del presente programa y por el término de veinte (20) días hábiles siguientes, utilizando el formato o aplicativo que establezca el administrador de la contribución parafiscal. 

Para que se efectúe el pago de los apoyos mencionados, los productores de algodón deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Haber cumplido con lo dispuesto por el Instituto Colombiano Agropecuario-ICA en lo que respecta a las fechas de registro de agricultores, venta de semilla, siembra, para la temporada algodonera 2020 en la Zona del Interior.
  • No estar sancionados por el incumplimiento de la destrucción de socas de la última cosecha algodonera inmediatamente anterior 2019 en las fechas establecidas por el ICA.
  • Además, deberán elaborar conforme a los formatos que expida CONALGODÓN y dispuestos en el portal web www.conalgodon.com.co, dos (2) originales de cuenta de cobro fechadas entre el siguiente día hábil a la publicación del listado definitivo y el 4 de diciembre de 2020, dirigida al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, y radicarlas en la Confederación Colombiana del Algodón, COLANGODÓN, en la Cra.45A No.145B-47 de Bogotá D.C o al correo electrónico conalgodon@conalgodon.com, y anexar la siguiente documentación:

 

  1. Factura de venta expedida por el productor de fibra de algodón, la empresa algodonera o la agremiación que lo represente, en la cual se especifique la cantidad vendida en kilogramos y el valor de la fibra de algodón en pesos colombianos. Las fechas de expedición de las facturas para el reconocimiento del apoyo a los participantes del programa de apoyo a la comercialización de fibra de algodón en los Departamentos de Tolima, Huila, Cundinamarca y Valle del Cauca, deberán estar entre la fecha de publicación de la resolución del presente programa y hasta el 20 de noviembre de 2020. Lo anterior, con el fin de verificar el precio por el cual comercializó y determinar  de esta manera el monto del apoyo a pagar al productor.

 

  1. Para el caso de las agremiaciones, adjuntar listado de productores que entregaron fibra de algodón de la Cosecha del Interior 2020 de los Departamentos de Tolima, Huila, Cundinamarca y Valle del Cauca, en el que se indique la cantidad entregada y valor que le corresponde por concepto de apoyo a la comercialización.

Para la primera cuenta de cobro presentada por el productor o por la empresa algodonera o la agremiación que lo represente, según el caso, se debe anexar la siguiente documentación:

  1. Registro Único Tributario-Rut actualizado.
  2. Certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio, con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario a la fecha de inscripción para personas jurídicas.
  3. Certificado del administrador del Fondo de Fomento Algodonero, CONALGODÓN, en la que se manifieste que el beneficiario es pequeño o mediano productor de algodón en los Departamentos de Tolima, Huila, Cundinamarca y Valle del Cauca, que cosechó en el segundo semestre del año 2020, la cantidad de fibra de algodón que comercializó y que se encuentra al día en el pago de la cuota de fomento, junto con la especificación de la entidad, gremio o asociación que lo representa, si aplica.
  4. Certificado de CONALGODÓN en donde se manifieste que el precio pagado de la fibra de algodón comercializada en la primera cosecha de la Zona Interior del primer semestre de 2020 al pequeño y mediano productor, a través de las empresas algodoneras o agremiaciones, estuvo por debajo de $5.721.704 para la calidad promedio (SLM) por tonelada de fibra de algodón comercializada, situación ocasionada por el COVID 19. 
  5. Copia legible de la cédula de ciudadanía del pequeño o mediano productor de algodón que haya comercializado la fibra de algodón en los Departamentos de Tolima, Huila, Cundinamarca y Valle del Cauca, si es persona natural, del representante legal si es persona jurídica o del representante de la agremiación, si aplica.
  6. Certificación bancaria a nombre del pequeño o mediano productor individualmente considerado o la empresa algodonera o la agremiación que lo represente, con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario a la presentación de la respectiva cuenta de cobro, donde se especifique tipo, número de cuenta bancaria y ciudad de apertura de la cuenta, que esté activa.
  7. Certificación de antecedentes disciplinarios y fiscales, tanto de la empresa algodonera o la agremiación, y de su representante legal, con fecha máxima de expedición de 30 días calendario a partir de la fecha en la cual se reciba la documentación preliminar que se debe presentar. Igualmente, en caso de que el beneficiario sea un pequeño o mediano productor individualmente considerado, deberá aportar los certificados establecidos en el presente numeral.

 


Departamentos de  Tolima, Huila, Cundinamarca y Valle del Cauca

Entidad Ejecutora

 CONALGODÓN

  • Dirección

     Cra 45A # 145B - 47

  • Responsable

     

  • Cargo

     

  • Correo Electrónico

  • Teléfono

     

Contacto del Ministerio

  • Dirección

    Avenida Jimenez N°. 7A - 17

  • Línea Gratuita Nacional

    018000510050

    Horario de Atención:

    Lunes a viernes 7:00 am a 7:00 p.m

  • Chat Interactivo

    Chat

    Horario de Atención:

    Lunes a viernes 7:00 am a 7:00 p.m

  • Conmutador PBX

    (601) 254 33 00

    Horario de atención:

    Lunes a viernes 8:00 am a 5:00 pm


Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural 

 

 

     Sede principal
  •  Dirección Transitoria: Carrera 7 No. 32 – 42 Pisos 7 al 12 Torre Norte – Ciudadela San Martín, Bogotá – Colombia
  •  Código Postal: 111711147
  •  Horario de Atención: Lunes a Viernes de 8:00 am. a 5:00 pm. Jornada continua
  •  Teléfono Conmutador: (+57) 601 254 33 00
  •  Línea Gratuita: 01-8000-510050
  •  Línea anticorrupción: 01-8000-510050
  •  Correo Institucional: atencionalciudadano@minagricultura.gov.co
  •  Correo de notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@minagricultura.gov.co
  •  
  •   
  •  Twitter     Facebook     Instagram     Youtube
      
  •  
     Correspondencia y Atención al Ciudadano
               

Redes Sociales