Establecer criterios mínimos para el reconocimiento de las empresas especializadas cuyo objeto social es la explotación rural de nuevas plantaciones de reforestación de coco, plantas productoras de aceite, caucho, olivo, cacao, árboles frutales, obras de riego y avenamiento de pozos profundos y silos para tratamiento y beneficio primario de los productores agrícolas, para efectos de la deducción tributaria.