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Viernes , 19 de abril de 2024
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1. Competencias institucionales del MADR en la implementación de la Ley 1448 de 2011.

De conformidad con lo establecido en la Ley 1448 de 2011, en el Titulo III, Capítulo V, artículos 159, 160, 168, para la implementación de la política de Atención, Asistencia y Reparación Integral a Víctimas se creó el Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas – SNARIV; instancia constituida por el conjunto de entidades del Gobierno Nacional encargadas de la ejecución de la política y los programa que integran la oferta para la atención y reparación integral a víctimas.

La coordinación del SNARIV, está a cargo de la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, quién en desarrollo de sus funciones es la entidad encargada de orientar a las personas, hogares y demás sujetos de especial protección como lo pueblo y comunidades étnicas víctimas del desplazamiento forzado que requieren oferta para garantizar los derechos a la salud, educación, identificación, alimentación, vivienda, generación de ingresos incluyendo el acceso a tierras, empleo y atención psicosocial.

En ese sentido, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural – MADR hace parte del SNARIV, con el siguiente alcance funcional:

De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto 1985 de 2013 "Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y se determinan las funciones de sus dependencias", dentro de los objetivos de esta cartera ministerial se encuentra:

"Promover el desarrollo rural con enfoque territorial y el fortalecimiento de la productividad y competitividad de los productos agropecuarios, a través de acciones integrales que mejoren las condiciones de vida de los pobladores rurales, permitan el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, generen empleo y logren el crecimiento sostenido y equilibrado de las regiones".

Dichos objetivos se desarrollan a través de la institucionalidad que comprende el Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural. (Decreto 1885 de 2013, artículo 2. p. 2)

En ese orden de ideas, es importante informar que las entidades que conforman el sector agropecuario surtieron un proceso de ajuste institucional de conformidad con los Decretos:

  1. Decreto 2369 de 2015 "Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural".
  2. Decreto 2363 de 2015 "Por el cual se crea la Agencia Nacional de Tierras – ANT, se fija su objeto y estructura".
  3. Decreto 2364 de 2015 "Por el cual se crea la Agencia de Desarrollo Rural – ADR, se determinan su objeto y su estructura orgánica".
  4. Decreto 2365 de 2015 "Por el cual se suprime el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural – INCODER, se ordena su liquidación y se dictan otras disposiciones" modificado por el Decreto 182 de 2016.
  5. Decreto 2366 de 2015 "Por el cual se crea la Agencia de Renovación del Territorio – ART, se determina su objeto y Estructura" del 7 de diciembre 2015. 

Dicho ajuste tuvo como objetivo fortalecer la labor del MADR en los procesos de formulación, dirección, coordinación, adopción, evaluación, promoción y diseño de políticas, planes, programas, proyectos relacionados con el desarrollo rural, agropecuario, pesquero, razón por la cual la ejecución de diferentes procesos misionales se encuentra en cabeza de las entidades adscritas y vinculadas. 

En ese orden de ideas, las acciones relativas al acceso al componente de generación de ingresos y/o cofinanciación de iniciativas productivas con vocación agropecuaria y de desarrollo rural, el acceso a tierras y proceso relativos a la restitución de derechos territoriales están a cargo de: 

Generación de Ingresos: 

La Agencia de Desarrollo Rural – ADR,  es una entidad adscrita al MADR, encargada de ejecutar la política de desarrollo agropecuario y rural con enfoque territorial, formulada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de la estructuración, cofinanciación y ejecución de planes y proyectos integrales de desarrollo agropecuario y rural nacionales y de iniciativa territorial o asociativa, así como fortalecer la gestión del desarrollo agropecuario y rural, y contribuir a mejorar las condiciones de vida de los pobladores rurales y la competitividad del país.

Para cumplir con estas funciones, el Consejo Directivo de la Agencia de Desarrollo Rural expidió el Acuerdo 007 del 28 de septiembre de 2016, por medio del cual se definieron y adoptaron los criterios para la aprobación de los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con enfoque territorial, así como también el reglamento en el cual se establece la metodología para la aplicación de los criterios y requisitos establecidos por la Agencia.

Bajo el esquema actual se cuenta con tres tipos de Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial, según lo definido en el artículo 2º del Acuerdo No. 007 de 2016 de la ADR:

               "(…)

  1. Proyectos estratégicos Nacionales: Para los efectos del presente Acuerdo, se entenderán como Proyectos Estratégicos Nacionales las iniciativas de corto, mediano y largo plazo priorizadas por el Gobierno Nacional, que articulan el concurso de actores públicos y privados, que tienen un impacto en el desarrollo agropecuario y rural del país y coadyuvan a su crecimiento económico y social.
  2. Proyectos Territoriales: Para los efectos del presente acuerdo, se entenderán como Proyectos Territoriales las iniciativas de corto, mediano y largo plazo, que articulan el concurso de actores públicos y privados, que tienen un impacto en el desarrollo agropecuario y rural de la región y coadyuvan a su crecimiento económico y social.
  3. Proyectos asociativos: Para los efectos del presente Acuerdo, se entenderán como proyectos Asociativos las iniciativas de corto, mediano y largo plazo, que articulan el concurso de actores públicos y privados, que tienen un impacto en el desarrollo agropecuario y rural de una colectividad local y coadyuvan a su crecimiento económico y social."

Visitar link de la ADR: http://www.adr.gov.co/Paginas/Agencia-de-Desarrollo-Rural.aspx#

Acceso a Tierras:

La Agencia Nacional de Tierras – ANT, es una entidad adscrita al MADR encargada de ejecutar la política de ordenamiento social de la propiedad rural formulada en el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, para lo cual deberá gestionar el acceso a la tierra como factor productivo, lograr la seguridad jurídica sobre ésta, promover su uso en cumplimiento de la función social de la propiedad y administrar y disponer de los predios rurales de propiedad de la Nación y adelantar plan de atención a las comunidades étnicas, a través de los programas de titulación colectiva, constitución, ampliación, saneamiento y reestructuración de resguardos indígenas, adquisición, expropiación de tierras y mejoras para dotar de tierras a las comunidades étnicas conforme a las normas legales vigentes.

Visitar link "Población Vulnerable" de la ANT: http://www.agenciadetierras.gov.co/transparencia-y-acceso-a-la-informacion-publica/control/informacion-para-poblacion-vulnerable/

Restitución de Derechos Territoriales:

La Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas – UAEGRTD es una entidad adscrita al MADR, la cual se constituye como un órgano administrativo encargado de implementar la política de restitución de tierras despojadas, como parte de las medidas de restitución relativas a las afectaciones territoriales ocurridas a partir del 1° de enero de 1991 hasta 10 años contados a partir de la entrada en vigencia del Decreto Ley 4633 de 2011, a través de la cual se busca la restitución material de los territorios étnicos y en consecuencia el retorno de los pueblos y comunidades indígenas a sus lugares de origen. (Ley 1448 de 2011, artículo 103 y Decreto Ley 4366 de 2011, artículo 142).

Visitar link de la UAEGRTD: https://www.restituciondetierras.gov.co/es/inicio

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