1. Presentar una solicitud de importación, mediante comunicación
escrita, dirigida a la Dirección de Comercio y Financiamiento del al
Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural en donde se indique:
-
Cantidad solicitada en términos de arroz blanco
-
Subpartida arancelaria.
-
País de origen.
-
Contingente al que aplican.
2. Las personas jurídicas adjuntarán el Certificado de Existencia y
Representación Legal, expe-dido con una anterioridad no mayor a treinta
días calendario.
3. Las personas naturales deberán anexar fotocopia de la cédula de ciudadanía
4. Anexar Registro Único Tributario (RUT)
5. Los procesadores del Grupo 1 y 2, interesados en participar en
la asignación del cupo esta-blecido, deberán anexar certificación
expedida por el Fondo Nacional del Arroz, en el que cons-te:
-
Toneladas compradas en el año 2012.
-
No se encuentra en mora en el pago de la contribución parafiscal a febrero de 2013.
La adjudicación del contingente se realizará de acuerdo con los siguientes parámetros:
Grupo 1 y 2-Procesadores: Se adjudicará entre los solicitantes, a
prorrata de acuerdo con la participación en el volumen adquirido de
producción nacional, que sea certificado por parte del Fondo Nacional
del Arroz, por concepto de cuota de fomento arrocero para el año 2012 en
tér-minos de toneladas.
Grupo 3 -Comerciantes: A prorrata de acuerdo con las solicitudes presentadas.
Es importante tener en cuenta:
-
Cuando un procesador haya
solicitado una cantidad inferior a la máxima que le corresponde, la
cantidad excedente se distribuirá a prorrata entre los demás interesado
-
Ningún importador podrá solicitar un cupo superior al establecido al del grupo al cual está participando.Ningún importador podrá participar en más de dos contingentes simultáneament
Periodo de ingreso
A
partir de la fecha de expedición del Documento de Requisitos
Fitosanita-rios para Importación -DRFI hasta el 31 de julio de 2013. Los
volúmenes que no alcancen a ingresar al 31 de julio de 2013, pueden
hacerlo entre el 1 de noviembre y 31 de diciembre de 2013.
Los importadores que consideren que no podrán utilizar plenamente
el cupo asignado durante la vigencia establecida, deberán informar por
escrito a la Dirección de Comercio y Financiamiento del Ministerio de
Agricultura y Desarrollo Rural a más tardar el 31 de julio de 2013, para
lo cual se deberá anexar copia de la cancelación parcial o total del
registro de importación con el respectivo Concepto de Cancelación
aprobado, expedido por el Ministerio de Comercio, In-dustria y Turismo.
Para
los volúmenes que no alcancen a ingresar a 31 de julio de 2013, los
adjudicatarios deberán tramitar ante la VUCE el nuevo registro de
importación por el saldo pendiente por utilizar, entre los días 15 y
31de octubre de 2013, el cual tendrá fecha de validez desde el 1 de
noviembre hasta el 31 de diciembre de 2013, periodo único en el cual
podrá ingresar este producto.
Vía de ingreso
El ingreso del contingente debe realizarse vía marítima.
Autorización cupo de importación
A través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior –VUCE:
www.vuce.gov.co