El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, por conducto del Viceministerio de Desarrollo Rural, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 13 de la Ley 2219 de 2022 y la Resolución N.°000189A del 5 de julio de 2024, convocó públicamente a las Asociaciones u Organizaciones Campesinas de orden nacional legalmente constituidas, para participar en el proceso de elección del delegado o delegada campesino/a y su suplente ante el Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Tierras.
De acuerdo con el cronograma publicado junto con la convocatoria, y acorde con la Resolución N.°189A de 2024, el proceso de elección comprende las siguientes etapas: Publicación de la convocatoria (página web Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y Agencia Nacional de Tierras), Inscripción de Asociaciones u Organizaciones Campesinas, Postulación de candidatos principales y suplentes, Publicación del listado definitivo de postulantes habilitados, Período de observaciones al listado definitivo, Resolución de observaciones por el MADR, Citación a sesión de elección y Sesión de elección del delegado/a. La presente publicación corresponde a las etapas de Resolución de observaciones por el MADR y Citación a sesión de elección previstas en el artículo 8 de la Resolución N.°189A de 2024.
Durante la verificación de las postulaciones, el Ministerio advirtió que varias organizaciones no allegaron la totalidad de los documentos exigidos en los artículos 2 y 4 de la Resolución N.°189A de 2024 y en aplicación del artículo 17 de la Ley 1437 de 2011, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015, el Ministerio requirió a dichas organizaciones, por correo electrónico, para que completaran la información faltante, e indicó en cada caso el término máximo para subsanar. En todo caso, las organizaciones tuvieron plazo hasta el 8 de julio de 2026, a las 23:59 horas, para remitir la información adicional.
En consecuencia, el 17 de julio de 2026 se publicó el listado de las postulaciones recibidas, la fecha recepción de documentos, el estado de habilitación y las observaciones de la verificación. Conforme al artículo 8 de la Resolución N.°189A de 2024, y al cronograma del proceso, se abrió un término de cinco (5) días corrientes para presentar observaciones al listado, que finalizó el 22 de julio de 2026. Dichas observaciones fueron resueltas por el Ministerio en cinco (5) días corrientes y se publican hoy 27 de julio junto con la modalidad de elección, fecha y hora de la sesión de elección con no menos de ocho (8) días de anticipación.
RESOLUCIÓN DE OBSERVACIONES
ORGANIZACIÓN | FECHA DE RECEPCIÓN | OBSERVACIÓN | RESPUESTA |
Cooperativa Multiactiva Red de Cafeteros. Solidarios | 21 de julio de 2026 | “Solicitamos de aclaración y revisión por omisión de la postulación de la Cooperativa Multiactiva Red de Cafeteros Solidarios en el listado definitivo de la convocatoria para la elección del delegado o delegada campesina ante el Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Tierras - ANT.” | Se realiza la revisión de la documentación allegada por la organización y se verifica que:
establecido en el art. 2 de la Resolución 189A de 2024 en la medida en que el objeto de la organización es representar y fortalecer organizaciones de economía solidaria para la promoción del desarrollo económico.
CAFETEROS SOLIDARIOS es una organización de la economía solidaria de segundo grado, en tal sentido, no cumple con el criterio de ser una organización de nivel nacional en los términos establecidos en el art. 2 de la Resolución 189A de 2024 |
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| En virtud de lo anterior, es posible establecer que la COOPERATIVA MULTIACTIVA RED DE CAFETEROS SOLIDARIOS NO CUMPLE, con los requisitos establecidos en la Resolución 189A de 2024 y en esa medida no queda habilitada su participación. |
Fedemuc | 23 de julio de 2026 | “Buenas tardes señores Ministerio de agricultura y ANT, revisando la respuesta a la convocatoria para participar en el consejo, veo con sorpresa que no tiene en cuenta que contamos con más de 5 organizaciones a nivel nacional las cuales están en los archivos anexos.la respuesta no conside con la realidad d la Organizacion que represento.quedo atenta asu respuestas” | FEDEMUCC, NO cumple con los requisitos para votar y postularse en virtud de lo dispuesto por los artículos 2 y 3 de la Resolución 189A de 2024, teniendo en cuenta que no remitió certificación de la representante legal de FEDEMUCC que acredite la pertenencia de la postulada y la suplente a la organización, ni los estatutos de la organización, ni documentación que la acredite como organización constituida por mínimo cinco (5) asociaciones del orden departamental o regional en los términos establecidos en la Ley 2219 de 2022. Tal documentación no fue remitida en la postulación inicial a la convocatoria, ni con posterioridad en los términos dispuestos para la subsanación, ni en correo del 23 de julio de 2026, remitido por la presidencia de FEDEMUC al correo electrónico dispuesto para remitir la información: |
Fenalcampo | 15 de julio de 2026 | “la Federación Nacional del Campo – FENALCAMPO (NIT 901.620.153-7), representada legalmente por Héctor Joaquín Montes Vergara (CC 7.469.397), presenta el Derecho de Petición adjunto, mediante el cual solicita que la Administración adopte una decisión de fondo, debidamente motivada, | Se recibe la documentación de subsanación el 12 de julio de 2026. De conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Resolución 189A de 2024, la duración del periodo de inscripción de Asociaciones u Organizaciones Campesinas es de diez (10) días hábiles, esto es: del 23 de junio al 8 de julio de 2026.
En tal sentido, no fue posible verificar la clasificación de tercer grado de la organización FENALCAMPO. |
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| respecto de la documentación allegada el 12 de julio de 2026 dentro de la convocatoria regulada por la Resolución No. 000189A de 2024.” |
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En tal sentido, el listado no sufrió ninguna modificación en virtud de las observaciones, y se publica para conocimiento de los y las interesadas:
ORGANIZACIONES HABILITADAS PARA PARTICIPAR Y PERSONAS NATURALES HABILITADAS PARA EMITIR EL VOTO.
No | Organización | Persona habilitada para emitir el voto |
1 | Federación Nacional Sindical Unitaria Agropecuaria FENSUAGRO |
NELSON VILORIA LARIOS |
2 | Federación Nacional de Cooperativas Agropecuarias FENACOA | GERMAN HUMBERTO RAMIREZ |
3 | Coordinador Nacional Agrario CNA | GERARDO AMADOR CABALLERO |
4 | Confederación Agraria Pacto Campesino | EDDIE ALFONSO MOLINA CALERO |
NOMBRE DE LOS POSTULANTES PRINCIPALES Y SUPLENTES HABILITADOS.
Organización | Candidato principal | Candidato Suplente |
Federación Nacional Sindical Unitaria Agropecuaria FENSUAGRO |
NELSON VILORIA LARIOS |
RUBI DANIELA VEGA |
Federación Nacional de Cooperativas Agropecuarias FENACOA | GERMAN HUMBERTO RAMIREZ | FLORENCIA MURCIA RAMIREZ |
Coordinador Nacional Agrario CNA | GERARDO AMADOR CABALLERO | MARIA LEONOR YONDA |
Confederación Agraria Pacto Campesino | EDDIE ALFONSO MOLINA CALERO | MAYERLIN AREVALO OSORIO |
MODALIDAD DE ELECCIÓN, FECHA Y HORA DE LA SESIÓN DE ELECCIÓN
En desarrollo de la convocatoria adelantada por este Ministerio con fundamento en la Resolución N.° 000189A del 5 de julio de 2024, y agotadas las etapas de inscripción, postulación, publicación del listado definitivo de postulantes y resolución de observaciones, por medio del presente se realiza la citación a la sesión de elección del delegado o delegada de las Asociaciones u Organizaciones Campesinas ante el Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Tierras, en los siguientes términos:
Modalidad: Virtual, se enviará la invitación por correo electrónico Fecha: jueves 6 de agosto de 2026
Hora: 10:00 am
La presente comunicación se publica en la página web del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (www.minagricultura.gov.co)
José Luis Quiroga Pacheco
Viceministro de Desarrollo Rural.