Dirección de Ordenamiento Social de la Propiedad Rural y Uso Productivo del Suelo
Liseth Lorena Montero Piedrahita
Abogado y especialista de la Universidad Nacional de Colombia con amplia experiencia en derechos territoriales del campesinado, pueblos indígenas y comunidades Negras Afrodescendientes Raizales y Palenqueras. Durante más de 10 años ha asesorado y litigado sobre derechos territoriales a nivel nacional. De otro lado ha acompañado a organizaciones e instituciones estatales dedicadas a temas ambientales, étnicos y campesinas asociadas a los DDHH. Amplia experiencia en la Amazonia, Orinoquia, Sierra nevada de Santa Marta, Región Andina y el Pacífico Colombiano.
Sobre la Dirección
¿Qué hace la Dirección de Ordenamiento Social de la Propiedad Rural y Uso Productivo del Suelo?
Funciones de la dirección – artículo 13 decreto 1985 de 2013.
En cumplimiento de las funciones contempladas en el Decreto 1985 de 2013, la misionalidad de la Dirección de Ordenamiento Social de la Propiedad Rural y Uso Productivo del Suelo está encaminada al diseño, evaluación y formulación de políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo rural con enfoque territorial encaminadas a la titulación, formalización, restitución y en general la regularización de la propiedad de las tierras rurales, uso eficiente del suelo rural, ordenamiento productivo y en frontera agrícola y la política general de adecuación de tierras con fines agropecuarios.
Así como realizar el seguimiento a la ejecución de la política para el ordenamiento social de la propiedad rural y el uso productivo del suelo ejecutada por parte de las entidades adscritas y vinculadas al sector. (En la página relacionar un hipervínculo en el cual se pueda acceder al artículo 13 decreto 1985 de 2023).
NÚCLEOS DE REFORMA AGRARIA: Según el artículo 61 y 62 de la Ley 2294 de 2023, la estrategia de núcleos territoriales se enmarca en un estándar normativo con el cual se quiere lograr la democratización en el acceso a la tierra rural, el fortalecimiento de la capacidad productiva del campo tanto como de las organizaciones y asociaciones campesinas quienes, en su relacionamiento con el territorio, desenvuelven dimensiones culturales, económicas, familiares, políticas y ambientales. Con la definición de dichos núcleos se busca priorizar las actuaciones misionales con el objeto de avanzar en una oferta territorial que permitan la intervención asertiva, articulada y efectiva del Estado con las comunidades campesinas, propietarios y productores en las transformaciones de la actividad productiva, el uso eficiente del suelo en la producción de alimentos, la redistribución de la tierra y el ordenamiento alrededor del agua, así como la adaptación al cambio climático.
SISTEMA NACIONAL DE REFORMA AGRARIA: La creación de un Sistema Nacional de Reforma Agraria como mecanismo obligatorio de planeación, coordinación, ejecución, evaluación y seguimiento de las actividades dirigidas a la materialización de la reforma agraria. Estas se materializan a través de la adquisición y adjudicación de tierras, las actividades destinadas a coadyuvar o mejorar su explotación, organizar las comunidades rurales, ofrecerles servicios sociales básicos e infraestructura física, crédito, diversificación de cultivos, adecuación de tierras, seguridad social, transferencia de tecnología, comercialización, gestión empresarial y capacitación laboral.
ASAMBLEAS POPULARES CAMPESINAS: Desde la Dirección de Ordenamiento Social de la Propiedad Rural y Uso Productivo del Suelo del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural se promueve espacios de participación ciudadana con representantes de procesos organizativos de campesinos, campesinas y sectores productivos, que han tenido por objeto impulsar la constitución de los comités municipales y departamentales de Reforma Agraria y dar cumplimiento a los compromisos de la “Mesa de Interlocución y Concertación del Gobierno Nacional y el campesinado”.
TERRITORIALIDADES CAMPESINAS: Con el propósito de constituir, reconocer y formalizar los Territorios Campesinos Agroalimentarios se prevé la formulación de los Planes de Vida Digna que contienen elementos que inciden en ordenamiento territorial y social de la propiedad, cuyo objetivo es la implementación de un conjunto de acciones del Estado para la ocupación ordenada y el uso sostenible del territorio que será delimitado, caracterizado y sobre los que se haría un reconocimiento de la territorialidad campesina, en donde se priorizarían políticas públicas de ordenamiento social de la propiedad rural, formalización y dotación de tierras y de ejecución de proyectos integrales establecidos desde la economía familiar, la soberanía alimentaria, la participación reforzada.
Distritos Agrarios: Territorialidad Campesina que busca la gestión y el ordenamiento territorial a partir de actividades agrarias y así mismo coexiste con actividades complementarias no agrarias esto a partir de formas de vida tradicionales y propias de una región con el fin de fortalecer la gobernanza campesina, la soberanía alimentaria, el desarrollo social y la sostenibilidad ecológica. Se viene realizando la pertenencia de definir líneas estratégicas intersectoriales para la conformación de los Distritos -minero-productivos en el marco del articulo 231 de la Ley 2294 de 2023 para la cual se trabaja de forma articulada con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y Ministerio de Minas y Energía en la identificación de acciones conjuntas que permitan la armonización en las políticas productivas. Seguimiento a la constitución de las Zonas de Reserva de Campesina – ZRC: Zona de Reserva Campesina (ZRC) es un “área geográfica delimitada por un proceso organizativo campesino, en donde se desarrollan todas sus relaciones políticas, sociales, económicas, ambientales y culturales. Es una figura de ordenamiento territorial en donde las comunidades campesinas proyectan su futuro a través de un Plan de Desarrollo Sostenible diseñado de forma participativa por las comunidades con el acompañamiento técnico de entidades, universidades, ONG, etc." La ZRC se caracterizan por el predominio de terrenos baldíos, de áreas geográficas que requieren la regulación, limitación y ordenamiento de la propiedad o tenencia de terrenos rurales, con el propósito de fomentar y estabilizar la economía campesina en armonía con la conservación de los bienes comunes, así como territorios con una historia de colonización y organización campesina Los Territorios Campesinos Agroalimentarios TECAM son una nueva figura jurídica en Colombia que busca reconocer y fortalecer la relación del campesinado con la tierra, la naturaleza y el territorio. Estos territorios se constituyen, reconocen y formalizan con el fin de garantizar la permanencia de las comunidades campesinas, la soberanía alimentaria, la agroecología y la protección de las dimensiones económica, social, cultural, política y ambiental del campesinado. Ecosistemas Acuáticos Agroalimentarios: Son una forma de territorialidad campesina intercultural de pescadores artesanales, comunidades, organizaciones y campesinos, con prevalencia e integración de zonas litorales, terrestres, sabanas, playones, costas, humedales, rondas y hábitats anfibios, acuáticos y marinos que han configurado una especial forma de permanencia, organización y relacionamiento de las comunidades que lo habitan. Así mismo, se caracterizan por la prevalencia de la economía pesquera, campesina, familiar o comunitaria, prácticas culturales de restauración, conservación, relacionamiento y uso sostenible con el agua y sus recursos.
ÁREAS DE PROTECCIÓN PARA LA PRODUCCIÓN DE ALIMENTOS-APPA: La DOSPR promueve, estudia y viabiliza las Áreas de protección para la producción de alimentos, la cual busca proteger las zonas con alta vocación agropecuaria de usos diferentes