• Esta modificación del decreto 1777 de 1996 permitirá el reconocimiento del campesinado organizado en las territorialidades de las Zonas de Reserva Forestal como habitantes de Zonas de Reserva Campesina.
• Ante este hecho, la ministra Martha Carvajalino resaltó la trascendencia de esta herramienta para la protección de la biodiversidad y la producción agroalimentaria, respetando la frontera agrícola.
Cartagena del Chairá (Caquetá), 13 de septiembre de 2024 (@MinAgricultura) – Durante la gira amazónica ‘Salvemos la selva, conservar paga’, liderada por el presidente Gustavo Petro, el mandatario firmó, junto a la ministras de Agricultura y Desarrollo Rural, Martha Carvajalino, y de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Susana Muhamad, la modificación al decreto 1777 de 1996, que reglamenta las Zonas de Reserva Campesina.
Este cambio, anunciado por primera vez durante la Cumbre Campesina rumbo a la COP16 Colombia, realizada hace dos semanas en Fusagasugá (Cundinamarca), fortalece las Zonas de Reserva Campesina y a su vez, el subsistema 2 del Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural, el cual contempla la coordinación, planeación y toma de decisiones vinculantes.
Además, amplía el reconocimiento de las dimensiones social, ambiental y política del campesinado y los pueblos étnicos sobre el trabajo de la tierra y el cuidado de la biodiversidad, empezando por la Amazonía, una de las regiones más importantes para la sostenibilidad del planeta.
Pero lo más trascendental de la modificación del decreto reside en que en las Áreas de Reserva Forestal de Ley 2° que han venido siendo habitadas históricamente por el campesinado se regularice su ocupación y tenencia, para que el Estado acompañe a estas familias rurales en procesos de conservación y restauración. Además, permite seleccionar y delimitar, reconocer y constituir Zonas de Resera Campesina al interior de estas Áreas de Reserva Forestal de Ley 2°.
De acuerdo con la ministra Carvajalino, esto también implica un avance en la consolidación de una Reforma Agraria reconciliada con la naturaleza y, en ese orden, en la implementación del primer punto del Acuerdo Final de paz y de lo contemplado en la Ley 160 de 1994 que dio vida al Sistema Nacional de Reforma Agraria.