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Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

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Viernes , 19 de abril de 2024
 26/05/2015

Diecisiete mil pequeños ganaderos se beneficiarán con programa de alimentación bovina

• Con estas ayudas se busca ayudar a pequeños ganaderos afectados o en riesgo de serlo por la temporada seca (2014-2015).

​Bogotá, 26 de mayo de 2015 (@MinAgricultura) (@UNGRD).-  Con el programa de apoyo de suplemento de alimentación para ganado bovino adelantado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) se espera beneficiar a más de 17.000 pequeños ganaderos afectados por la temporada seca.

Según explicó el jefe de la cartera agropecuaria, Aurelio Iragorri Valencia, con este programa el Gobierno busca ayudar a pequeños ganaderos afectados o que están en riesgo de serlo por la temporada seca 2014-2015, con la entrega 10 bultos de cincuenta kilos de caña integral ensilada, que es un suplemento alimenticio para ganado bovino, bufalino u ovino-caprino.

Después de iniciar la entrega física del alimento para bovinos hace tres semanas, ya se han cubierto 9 municipios, realizando adjudicaciones a cerca de 1.400 ganaderos de Chiriguana y la Jagua de Ibirico en Cesar; Ubaté y Tenjo en Cundinamarca; Chiquinquirá en Boyacá; Riohacha, Uribía, Manaure y Maicao en Guajira.

Además de estos departamentos (Cesar, Boyacá, Cundinamarca y Guajira) donde ya se han realizado entregas, se han priorizado para adelantar este programa a Magdalena y Córdoba.

Esto es posible, recordó el Ministro Iragorri, gracias al convenio que firmaron el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), por un valor $4.030 millones, el cual es operado por la Federación Colombiana de Ganaderos (FEDEGÁN).

Para recibir este beneficio del Gobierno Nacional, los ganaderos deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • - La prioridad es para pequeños ganaderos, es decir, aquellos que sean propietarios de entre (1 y 50 cabezas de ganado).

     - Cédula de ciudadanía del ganadero.

  •  - Registro Único de Vacunación (RUV) (segundo ciclo de vacunación 2014, primer ciclo de vacunación 2014 o segundo ciclo de vacunación 2013).

  •  - Inscripción en el listado de ganaderos beneficiarios, generados por demanda por parte de la Organización Gremial Ganadera local o en su defecto por la persona que designe FEDEGÁN.

  •  - Certificación por parte de cada ganadero beneficiario a través de declaración juramentada de la afectación negativa del hato por los fenómenos naturales.

  •  - Certificación del listado de los posibles beneficiarios inscritos, con el aval del alcalde, y/o del Consejo Municipal de Gestión del Riesgo y Desastre, y/o la secretaria departamental de Agricultura y/o el personero municipal.

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