¿De quién es la responsabilidad institucional de la Política de Vivienda de Interés Social Rural?
Respuesta: La responsabilidad de la Formulación de la política de vivienda rural es del Ministerio del Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en Coordinación con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. La Dirección de la Ejecución de la Política de Vivienda de Interés Social Rural Estará a cargo del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
¿Qué es el subsidio para vivienda de interés social rural?
Respuesta: Es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al Beneficiario del Hogar de carga con el pecado de Restitución El objeto de facilitarle una solución de vivienda de interés social rural, sin cargo de por Restitución, siempre que el Beneficiario Cumpla Con las condiciones que Establece la ley.
¿Cuál es el valor del subsidio?
Respuesta: Depende El valor de la modalidad y la bolsa a la Cual se presente el proyecto
Convocatoria Ordinaria:
-- Mejoramiento de vivienda y saneamiento básico 10 bis 12 SMMLV
($ 4.615.000 a $ 5.538.000)
-- Construcción de vivienda en sitio propio (agrupada o dispersa) 12 bis 18 SMMLV
($ 5.538.000 a $ 8.307.000).
-- Adquisición de vivienda nueva 12 bis 18 SMMLV ($5.538.000 las de Naciones Unidas $ 8.307.000)
Convocatoria Desplazados:
-- Mejoramiento de vivienda y saneamiento básico 12 bis 15 SMMLV
($ 5.538.000 a $ 6.922.500)
-- Construcción de vivienda en sitio propio (agrupada o dispersa) 15 bis 18 SMMLV
($ 6.922.500 a $ 8.307.000).
-- Adquisición de vivienda nueva 15 bis 18 SMMLV ($ 6.922.500 las de Naciones Unidas $ 8.307.000)
¿Quién Ejecuta el Programa de Vivienda de Interés Social Rural?
Respuesta: El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Ejecuta el programa A través del Banco Agrario de Colombia.
¿En qué se Puede Aplicar el subsidio familiar de vivienda?
Respuesta: Mejoramiento de vivienda y saneamiento básico, construcción de vivienda en sitio propio o Adquisición de vivienda nueva.
¿En qué consiste el Mejoramiento de Vivienda?
Respuesta: Se entiende por solución de Mejoramiento de Vivienda y Saneamiento Básico, la estructura habitacional que Permite A UN Hogar Beneficiario del subsidio Superar o subsanar en su vivienda una o varias de las Siguientes Deficiencias:
a) Carencia de alcantarillado o sistema para la Disposición final de aguas servidas;
b) Pisos en tierra o en materiales inapropiados;
c) Carencia de baños y / o cocina;
d) Deficiencias en la estructura principal, cimientos, muros o cubierta,
e) Construcción en materiales provisionales;
f) Hacinamiento.
¿En qué consiste la construcción en sitio propio?
Respuesta: Se entiende por construcción en sitio propio la estructura habitacional lograda Mediante la edificación de la misma en un sitio de su propiedad o en el que se Encuentre en calidad de poseedor sano y pacífico desde hace más de cinco años. Tambien puede ser un lote o terreno de propiedad de la Entidad Oferente, o en predios de propiedad colectiva de los hogares postulantes, que provea por lo menos, un espacio múltiple, una habitación, saneamiento básico y las instalaciones y acometidas domiciliarias. Su diseño Debe Permitir el desarrollo progresivo de la vivienda.
La construcción en sitio propio Puede Hacerse en forma dispersa o agrupada. Se considera como proyecto de vivienda en sitio propio agrupado el que presenta soluciones de 5 o más viviendas en un mismo lote. En todo caso la propiedad del lote donde Será construida la vivienda, servicios Debera escriturada una cada familia de manera individual.
¿Cuál es la financiación de la vivienda?
Respuesta:
Convocatoria Ordinaria:
-- Hasta SUBSIDIO con 70%.
-- Mínimo el 20% por la Entidad Oferente.
-- Hogar Postulante 10% Mano de obra no calificada.
Convocatoria Desplazados:
-- Hasta SUBSIDIO con 80%.
-- Mínimo por el 10% La Entidad Oferente.
-- Hogar Postulante 10% Mano de Obra no calificada.
¿Quiénes pueden Acceder al subsidio?
Respuesta:
-- Hogares asentados en áreas rurales de los niveles 1 y 2 del SISBEN
-- Población Indígena, desplazados y damnificados por desastres naturales
-- Trabajadores afiliados a las Cajas de Compensación Familiar que habiten en suelo rural
¿Quiénes pueden Presentar Proyectos?
Respuesta: Municipios, Distritos, Departamentos, Cabildos Gobernadores de Resguardos Indígenas, Consejos Comunitarios de Comunidades Negras y Entidades Privadas (únicamente Convocatoria Ordinaria).
¿Cuál es el número mínimo y máximo de viviendas que conforman un proyecto?
Respuesta:
-- Convocatoria Desplazados: Proyectos entre 5 a 100 familias.
-- Convocatoria Ordinaria: Proyectos entre 5 a 60 familias.
¿Cuántas convocatorias existen?
Respuesta: Existen dos clases de convocatoria:
a) Convocatoria Ordinaria:
§ Bolsa Departamental
§ Bolsa Sectorial
b) Convocatoria Desplazados
¿Cuáles son las variables de calificación para los proyectos presentados en la Convocatoria Ordinaria?
Respuesta:
-- Mayores aportes de Contrapartida de la Entidad Oferente.
-- Valor del Subsidio solicitado.
-- Números de miembros del hogar.
-- Condición de hogar uniparental.
-- Presencia de Población dependiente. (Niños menores 8 años, personas mayores 60años, personas discapacitadas)
-- El nivel del SISBEN. (No hay ni Desplazados Damnificados DN)
-- Número de Postulaciones.
-- Hogares NBI rurales municipales. (NBI Necesidades Básicas insatisfechas)
-- Otros aportes: Banco Virtual de Materiales
¿Cuáles son las variables de calificación para los proyectos presentados en la Convocatoria de población en condiciones de desplazamiento?
Respuesta:
-- Mayores aportes de contrapartida
-- Valor del subsidio solicitado
-- Número de miembros del hogar
-- Hogar uniparental
-- Grupos étnicos o afro colombianos
-- Presencia de Población dependiente. (Niños menores 8 años, personas mayores 60años, personas discapacitadas)
-- Subsidios programas Vinculación "SNAIPD"
-- INCODER programas Vinculación
-- Hogares NBI rurales municipales. (NBI Necesidades Básicas insatisfechas)
-- Retorno o reubicación vs tipo solución
¿Qué es el Certificado de Elegibilidad?
Respuesta: Es el Proceso que implica un estudio de viabilización en los Aspectos Técnicos, legales y financieros, que para el caso de proyectos rurales le compete la evaluación al Banco Agrario de Colombia.
¿Cómo se Realiza la postulación de las familias al subsidio?
Respuesta: La postulación al subsidio, se Realiza una Través De Un proyecto colectivo que Presentan las Entidades Oferentes. Deben formularse los Proyectos de Acuerdo a la metodología y los lineamientos Establecidos en el Decreto 973 de 2005, modificado por los Decretos 4427 de 2005, 2299, 3200 y 4545 de 2006.
¿Cuándo se Presentan los proyectos?
Respuesta: Para la presentación de los proyectos, el Ministerio determina las fechas de apertura y cierre de la Convocatoria Ordinaria (Bolsa Departamental de Recursos y Bolsa de Política Sectorial Rural), Las Cuales son publicadas en diferentes diarios de circulación nacional y en la página web del Banco Agrario y del Ministerio.
¿Cuáles son los Requisitos técnicos mínimos que hay que Tener en cuenta para la presentación de proyectos de Vivienda de Interés Social Rural?
Respuesta: Los Requisitos técnicos mínimos son los Siguientes.
-- Planos en planta, corte y detalles constructivos Indicando especificaciones técnicas.
-- Para los sistemas de alcantarillado no convencionales (Norma RAS 2000, para pozos sépticos, etc) Deben incluir adicionalmente, planos Detallados del sistema propuesto.
-- Cumplimiento de las Normas vigentes de sismo-resistencia NSR-98 (Ley 400 de Agosto 19 de 1997 y Decreto 33 de Enero 9 de 1998).
¿Dónde se Pueden Construir proyectos de Vivienda de Interés Social Rural?
Respuesta: en ningun caso podra existir proyecto de vivienda o aplicarse el subsidio Elegibilidad A Un Cuando el proyecto se Localice en:
a) Zonas no Declaradas como suelo rural.
b) Zonas de alto riesgo no mitigable.
c) Zonas de Protección de los Recursos Naturales.
d) Zonas de reserva de obra pública o de infraestructura básica del nivel nacional, regional o municipal.
e) Zonas no aptas para localización de vivienda de Acuerdo con los Planes de Ordenamiento Territorial.
¿Cuál es el Proceso de Asignación de los Subsidios para Proyectos de Vivienda de Interés Social Rural?
Respuesta: Terminada la evaluación de los proyectos por parte de la entidad otorgante (Banco Agrario):
-- Se publica en un diario nacional la Lista de Proyectos Elegibles "Con" o "Sin" recursos de subsidio, y la lista de los No Elegibles.
-- Los Elegibles "Con" recursos de subsidio Tienen 30 días calendario para Cumplir requisitos.
-- Un número de proyectos Elegibles "Sin" recursos de subsidio, equivalente al 50% de los recursos disponibles, podra Cumplir Requisitos En el mismo Plazo para que, en caso de que alguno de la lista de proyectos "Con" recursos del subsidio no Requisitos Cumpla , el recurso se les Pueda Asignar en orden de calificación.
-- Si cumplido este plazo, recursos Todavía quedan por comprometer, Todos los Proyectos Elegibles Podrán Cumplir con los Requisitos Plazo de las Naciones Unidas y tendran máximo de 15 días y les Será Asignado el subsidio en orden de consignación de los recursos.
¿Cuáles son los Requisitos para el desembolso de los recursos del subsidio?
Respuesta: El valor del subsidio se desembolsa en 3 etapas y Los Siguientes son los Requisitos:
Primer Desembolso (50%)
-- Acta de la Asamblea de Beneficiarios del Subsidio
-- Acta de Conformación del Comité de Vigilancia
-- Presentar los contratos con sus respectivas Pólizas que permitan acreditar los Costos Indirectos.
-- Póliza de Cumplimiento que otorgue el amparo del buen Manejo del anticipo
-- Informe del Interventor.
Segundo Desembolso (40%)
-- Acta de avance de obra e informe del interventor certificando la ejecución del 50% de las metas físicas y financieras (Ordinarias), ó 40% (Población en condición de desplazamiento),
-- Modificación de la póliza de seguro de cumplimiento.
-- Informe de Cumplimiento del trabajo social y ambiental.
-- Cronograma de actividades especificando la ejecución física y financiera hasta el 90% del proyecto.
Tercer Desembolso (10%)
-- Acta de avance de obra e informe del interventor certificando la ejecución del 90% de las metas físicas y financieras.
-- Modificación de la póliza de seguro de cumplimiento.
-- Constitución de Póliza del buen manejo del anticipo y el Cumplimiento de la terminación y liquidación del proyecto.
Política de Acceso a tierras
Pregunta: ¿Cuál es el Procedimiento para Acceder a un subsidio de tierra?
El subsidio integral para la Adquisición de Tierras es un aporte estatal equivalente al valor de una Unidad Agrícola Familiar (UAF), que se Otorga por una sola vez un favor de los Pequeños Productores y Trabajadores del sector rural, para Facilitar su acceso a la tierra como un factor productivo, siempre que cumplan las condiciones que establezcan la Ley,
Son Beneficiarios del subsidio integral de tierras toda persona natural, hombres y mujeres campesinos mayores de 16 años que no sean propietarios de tierras o que la Tengan en insuficiente cantidad, Que tengan tradición en las labores rurales, que se hallen en condiciones de pobreza y marginalidad o que deriven de la actividad agropecuaria alcalde la parte de Ingresos del SUS.
Marco Legal
Ley 1151 de 2007
Ley 160 de 1994
Decreto 2000 de 2009
Pregunta: ¿Cuál es el Procedimiento para titular un baldío ante el Incoder?
DE CONFORMIDAD con los artículos 675 del Código Civil y 44 del Código Fiscal son baldíos, y en tal concepto pertenecen a la Nación, todas las tierras Situadas Dentro de los límites territoriales del país qua Carecen de otro dueño, y las que habiendo sido Adjudicadas con ese carácter, hubieren vuelto al dominio del Estado por causas legales.
La ocupación de tierras baldías no Constituye título ni modo para Obtener su dominio, quienes las ocupen No tienen la calidad de poseedores, conforme al Código Civil,
La propiedad de las tierras baldías adjudicables sólo Puede adquirirse Mediante título traslaticio de dominio otorgado por el Estado, A través del Incoder, con Arreglo a las Normas vigentes
Para titular de un predio baldío se Debe adelantar el siguiente Procedimiento
1. Solicitud ante el Incoder
2. Auto de aceptación de la Solicitud de
3. Comunicaciones a Procuraduría para acompañar el procedimiento.
4. Diligencia de inspección ocular al predio
5. Revisión jurídica del expediente
6. Resolución de adjudicación o negación
Marco Legal
Ley 1151 de 2007
Ley 160 de 1994
Decreto 2664 de 1994
Incoder Acuerdo 014 de 1995
Decreto 0982 de 1996
Incoder Acuerdo 114 de 2007
Decreto 3759 de 2009
Incoder Acuerdo 176 de 2009
Pregunta: ¿Cuál es el procedimiento para solicitar la asignación de un predio al cual se ha extinguido el dominio y éste se encuentra en poder de la Dirección Nacional de Estupefacientes?
La asignación definitiva de bienes o recursos solo procede para entidades de carácter oficial, toda vez que se trata de una solicitud de transferencia del dominio, que, de acuerdo con el artículo 355 de la Constitución Política de Colombia, no puede realizarse a favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado.
Artículo 355 de la Constitución Política Nacional. “Ninguna de las ramas u órganos del poder público podrá decretar auxilios o donaciones en favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado.”
Marco Legal
Ley 1151 de 2007
Ley 793 de 2002
Atención a la Mujer Rural en el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural - MADR.
Pregunta: ¿Qué Existen programas para la mujer rural?
· Apoyos a las Mujeres que desarrollan actividades en el sector rural, dependiendo de la disponibilidad de recursos no reembolsables para proyectos para el desarrollo de sus proyectos productivos.
· Información sobre programas que adelanta el MADR, A Pueden Cuáles son los Acceder las Mujeres Rurales.
· Establecimiento del Programa de Apoyo Integral a Mujeres Cabeza de Familia
· Existe el Programa de Atención Integral a Mujeres Rurales Cabeza de Familia, Cuyo Objetivo es Apoyar de Manera Integral El desarrollo de actividades rurales que adelgazan las mujeres rurales cabeza de familia con Posibilidades de un Vincularse procesos económicos locales y regionales bajo Criterios de eficiencia y competitividad.
Pregunta: ¿Quiénes son beneficiarias?
· Mujeres rurales cabeza de familia catalogadas como pequeña productora.
· Mujeres que dispongan de un espacio físico (propio o en arriendo) con características Apropiadas para Desarrollar la Actividad económica.
Pregunta: ¿Cuáles Son Los Requisitos para Acceder al Programa?
· Inscripción ante la Umata o quien Haga Sus veces en su lugar de residencia.
· Formular el proyecto en formato FINAGRO Con el apoyo de la Umata o quien Haga sus veces, o en su defecto un planificador de crédito reconocido por el Banco Agrario de Colombia.
· Inscribir el proyecto en la Secretaría de Agricultura Departamental, por intermedio de la Umata o quien Haga sus veces, para su evaluación por parte del comité departamental.
· Radicar el proyecto ante la oficina local del Banco Agrario de Colombia.
Pregunta: ¿Cuáles Son Los Servicios que presta el Programa?
· Capacitación
· Crédito
· Acompañamiento y seguimiento
Otro Instrumento Importante para favorecer a las Mujeres rurales de bajos recursos es la Ley 731 de 2002, Mediante la Cual Se establecen acciones en los temas de Crédito, Capacitación, Educación, Tierras, Vivienda, Reforestación, Riesgos Profesionales, Empleo, Deportes y Recreación, Participación.
Línea de Crédito -Mujer Rural de Bajos Ingresos
Respecto al crédito agropecuario, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural ha implementado unas condiciones especiales de acceso para la mujer rural, específicamente en los casos en que sustenten baja Generación de Ingresos.
Estas condiciones favorables Aplican Únicamente para mujeres rurales y les PERMITEN un Acceder Recursos para capital de trabajo o inversión A UNA Tasa menor en seis puntos que la Establecida Para los Grandes Productores, estas beneficiarias Pueden Acceder a crédito para todos los rubros Establecidos en el Manual de Servicios de Finagro, Condición el Únicamente para este caso y aplicable de los Ciudadanos Afectados por el desplazamiento forzado ya que las demás líneas de crédito con Tasa menor a la ordinaria financian actividades especificas que la Mayoría de las veces se limitan a la Inversión agropecuaria.
Las actuales condiciones de Tasa para este tipo de créditos es del DTF + 4% EA, y los Plazos de Varian de Acuerdo con el proyecto productivo que sea Presentado por la solicitante. Los Cuales Pueden ir desde 1 hasta 15 años, las actividades que Pueden ser Financiadas dependiendo del destino de los recursos. El Fondo Agropecuario de Garantías CUBRE Hasta el 80% de valor del crédito.
, Por otra parte la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario reglamento "el acceso de las mujeres rurales a créditos con recursos de FINAGRO y definió el destino del crédito para actividades rurales".
La Gestión para Acceder a los Beneficios de la ley ante la Podrán adelantar la Entidad Encargada de Ejecutar cada tema.
La ley Puede ser consultada en ../archivos/ley_731_de_2002.pdf
Pregunta: ¿Qué es el Subsidio de vivienda de interés social rural para la mujer rural cabeza de familia?
El Decreto 973 del 31 de marzo de 2003, "Por medio del Cual se reglamenta parcialmente las Leyes 49 de 1990, 3 ª de 1991, 388 de 1997, 546 de 1999, 789 de 2002 y 812 de 2003 en lo relacionado con el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural. ", En Cumplimiento de lo DISPUESTO por el artículo 27 de la Ley 731 de 2002, en la calificación para la Asignación del Establece Condición para las Mujeres Cabeza de Familia, con un puntaje preferencial subsidio.
Mayor información en el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural: Teléfono 3311199 ext.: 324.
Programa de Atención a Población en situación de desplazamiento.
Pregunta: ¿Qué CUBRE El Programa de Atención a los desplazados?
Básicamente sobre los apoyos que tiene el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural para Atender a la Población en Situación de Desplazamiento y según nuestra Competencia, se refieren A LOS Programas de: Vivienda de Interés Social, Rural, Convocatorias de Tierras y la línea especial de crédito así:
1. Vivienda de Interés Social Rural. En materia de vivienda rural para la población desplazada, el MADR A través del Banco Agrario, Otorga subsidios de vivienda de interés social rural, en sus componentes de retorno o reubicación, para la atención de los hogares que han sido desplazados por la violencia y que se encuentren debidamente incluidos en el Registro Único de Población desplazada, Administrado por la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional o la entidad que se Designación para tal efecto. Este subsidio se Otorga un Través de las convocatorias públicas anuales gestionadas Ejecutadas y en su Integridad por el Banco Agrario de Colombia.
Este subsidio es otorgado un colectividades que presenten un proyecto de vivienda común que llene los requerimientos normativos de la materia, un Través de las entidades territoriales o sus dependencias COMPETENTES, los cabildos de los gobernadores de los resguardos indígenas y los consejos comunitarios de las Comunidades Negras , Legalmente constituidos o las entidades privadas que COMPRENDAN En su Objeto social, la promoción y el desarrollo de vivienda de interés social.
Los proyectos de VISR para la Población desplazada por la Violencia, Deben constituirse como un conjunto entre cinco (5) y hasta cien (100) soluciones de vivienda subsidiable, que podra adelantarse Dentro de las Modalidades de Mejoramiento de vivienda y saneamiento básico, construcción en sitio propio o Adquisición de vivienda, presentados y por DESARROLLADOS oferentes que cumplan con las Normas Legales vigentes para la construcción y la enajenación de vivienda.
El Procedimiento para solicitar subsidios de vivienda de interés social rural, Debe REALIZARSE ante el Banco Agrario de Colombia y se encuentra previsto en la normatividad citada se Establece Quiénes pueden ser las entidades oferentes de proyectos de vivienda rural, Cuáles son los Requisitos para postular un proyecto , Cuáles Son los Criterios de variables y de calificación y finalmente, cuál es el Procedimiento de adjudicación y desembolso del subsidio.
El subsidio aplica tanto para soluciones de Mejoramiento de Vivienda, Cuyo valor oscila entre 12 y 15 salarios mínimos mensuales legales vigentes-SMMLV, como para construcción de vivienda nueva por un valor entre 15 a 18 salarios mínimos mensuales legales vigentes-SMMLV. Las viviendas SE PUEDEN Construir en forma dispersa o nucleada y el diseño Debe Permitir el desarrollo progresivo de la misma.
El Gobierno Nacional hasta el Otorga el 80% de la solución de vivienda. La entidad Oferente cofinancia el proyecto con una contrapartida mínima del 20%, depurados así: 10% de la entidad Oferente postulante y 10% el hogar con mano de obra no calificada.
La entidad Oferente Debera seguir las instrucciones Presentadas en la Guía para la Presentación y Formulación de un Proyecto de Vivienda de Interés Social Rural y el Reglamento Operativo del Programa, Los Cuales Se encuentran publicados en la página Web del Banco Agrario (www.bancoagrario.gov . CO).
2. Subsidio Integral de Tierras. Establecido en el artículo 26 de la Ley 1151 de 2007 y reglamentado por el decreto 2000 de 2009, el SUBSIDIO INTEGRAL PARA LA ADQUISICIÓN DE TIERRAS, tiene por Objeto beneficiar por una sola vez A Los hombres y mujeres campesinos que no sean propietarios de tierras o Tengan en que la insuficiente cantidad, Que tengan tradición en las labores rurales, que se hallen en condiciones de pobreza y marginalidad o que se deriven de la actividad agropecuaria la parte alcalde de Ingresos SUS, y que se postulen para recibirlo Libremente o de forma individual Colectiva. Este programa es ejecutado A través del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural - INCODER y, por tanto, la convocatoria pública es gestionada en su Integridad por esa entidad.
El subsidio integral para la Adquisición de Tierras, se configuración como un aporte estatal equivalente al valor de una Unidad Agrícola Familiar (UAF), Que comprenderá tanto el valor requerido para su adquisición, como un aporte para la financiación del proyecto productivo que se presente por el aspirante ante el INCODER, en los porcentajes y condiciones Establecidos en el Decreto 2000 de 2009. Así mismo, la adjudicación de los Subsidios está Sujeta a las condiciones establecidas en la Ley, el Decreto 2000 y las Disposiciones Especiales que para el efecto Dicte el Consejo Directivo del INCODER.
La cobertura de este aporte es nacional y se otorgará un Los habitantes de zonas definidas como suelo rural en los Planes de Ordenamiento Territorial, de Acuerdo con lo Establecido en el Capítulo IV de la Ley 388 de 1997.
Las convocatorias públicas y los respectivos términos de referencia son publicados en nuestra página de Internet www.minagricultura.gov.co o en la del INCODER www.incoder.gov.co. PARA MAYOR Obtener información, el interesado Tambien puede dirigirse a la Oficinas del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural de la Dirección Territorial de su Jurisdicción o comunicarse al número de teléfono (1) 3830444 del INCODER en la ciudad de Bogotá.
3. Crédito productivo. Frente al desarrollo de proyectos productivos, se ha Establecido el Programa Especial de Fomento y Desarrollo Agropecuario que financia Mediante una línea especial de crédito de carácter asociativo o individuales, proyectos productivos en áreas rurales DESARROLLADOS por población campesina desplazada. El apoyo crediticio se orienta una CUBRIR Necesidades de capital de trabajo y de inversión Propias de las actividades productivas agropecuarias, Así como las de Comercialización o transformación de la producción.
Esta línea de crédito cuenta con el respaldo del Fondo Agropecuario de Garantías el CUBRE mínimos y 100% de las Solicitudes de garantías para créditos de hasta 20 salarios legales mensuales vigentes (SMLMV), CONSIDERADOS individualmente y que se califiquen como Pequeño Productor. Para créditos superiores a los 20 SMLMV, el FAG CUBRE Hasta el 80% de las garantías. Así mismo, para créditos de carácter asociativo de las Naciones Unidas Través de integradores, el valor máximo de crédito serà el que résulte de multiplicar la población vinculada al proyecto por el Monto Máximo de crédito definido para cada Pequeño Productor.
El crédito es otorgado en Mención A través del Banco Agrario de Colombia, previa presentación de un proyecto productivo que sea viables técnica, financiera y comercialmente, y el Cual financia hasta en el 100% de los costos directos del proyecto.
Para información detallada y una mejor asesoría Será Necesario dirigirse a las oficinas del Banco Agrario de Colombia de ese municipio o en la Carrera 8 N. 15 - 43, Mezanine, en Bogotá DC, teléfono (1) 3821400. Allí Encontrara la Información Necesaria Sobre esta y otras líneas de crédito para el sector agropecuario.
Programa de Alianzas Productivas
¿Qué es una Alianza Productiva?
Una alianza es la unión de por lo menos dos agentes de la Economía, uno conformado por la Organización de productores-pequeños campesinos-y un segundo participante de perfil empresarial. Este último, bien Puede Ser Proveedor de insumos, comprador de la producción o transformador de la misma. La Característica principal Debe ser la de compartir Beneficios y riesgos en un proyecto productivo en actividades VINCULADAS al Agro.
Contáctenos para más información alcalde en:
../02componentes/08rur_04alianzas.aspx