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Contingentes de importación para productos no sujetos a MAC

Contingentes Arancelarios Originarios de Mercosur

Se refiere a los contingentes arancelarios para las importaciones de los productos originarios y provenientes de los países miembros del Mercosur, establecidos en el Acuerdo de Complementación Económica No. 59 (ACE -59), suscrito entre los Gobiernos de los Estados Partes del Mercosur (República Argentina, República Federativa del Brasil, República del Paraguay y República Oriental del Uruguay) y los Gobiernos de los Países Miembros de la Comunidad Andina (República de Colombia,  República del Ecuador y República Bolivariana de Venezuela).

El Gobierno Nacional mediante el Decreto 141 del 26 de enero de 2005, determinó la aplicación provisional del ACE-59, a partir del 1º de febrero de 2005 y posteriormente la Ley 1000 de 2005 lo incorporó definitivamente en el ordenamiento jurídico nacional.

En el marco del ACE-59, se establecieron contingentes de importación para los siguientes productos agropecuarios:

  • Carne, vísceras y despojos comestibles de animales de la especie bovina.
  • Leche en polvo.
  • Preparaciones de carne
  • Artículos de confitería de azúcar y de cacao

Es importante resaltar que estos contingentes son administrados por cada país exportador, por lo tanto el importador interesado debe hacer su contacto directamente con su proveedor en cada uno de los países de Mercosur.

Para mayor información contactenos a: comercioyfinanciamiento@minagricultura.gov.co



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