Vivienda Rural

El Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural es un aporte estatal en dinero o en especie, otorgado por una sola vez al beneficiario, con el objeto de facilitarle una vivienda de interés social rural, sin cargo de restitución, siempre que el beneficiario cumpla con las condiciones que establece la Ley 3 de 1991 y sus reglamentos, o en las normas que la modifiquen o sustituyan.

¿Quién puede ser beneficiario?
Los hogares que cumplan con los requisitos de los Decretos 973 de 2005 y los Decretos 4427 de 2005 o el Decreto 2675 de 2005 y el Decreto 0094 de 2007.
Se entiende por hogar el conformado por los cónyuges, los compañeros permanentes, las uniones maritales de hecho y al grupo de personas unidas por vínculos de parentesco hasta tercer grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil, que compartan un mismo espacio habitacional. El concepto de hogar en los resguardos indígenas y los territorios colectivos de las comunidades afro colombianas legalmente establecidos, se ajustará a sus usos y costumbres.

¿Cómo se puede solicitar?
Para solicitar el Subsidio de Vivienda de Interés Social Rural, el hogar aspirante se debe presentar en una postulación colectiva. La postulación colectiva se realiza a través de los departamentos, municipios, distritos o las dependencias que dentro de su estructura municipal, cumplan funciones de Vivienda de Interés Social y los Cabildos Gobernadores de los Resguardos Indígenas legalmente constituidos, Consejos Comunitarios de Comunidades Negras y Entidades privadas que tengan dentro de su objeto social la promoción y desarrollo de programas de vivienda de interés social.

La postulación colectiva se traduce en un proyecto que debe ser elaborado y presentado por las mencionadas entidades al Banco Agrario de Colombia S.A., en las fechas que determine el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural para la convocatoria.

Para las convocatorias ordinarias los proyecto debe agrupar por lo menos 5 hogares postulantes y, como máximo, 60. La cuantía del Subsidio de Vivienda de Interés Social Rural no podrá ser superior al 70% del valor de la solución de mejoramiento y saneamiento básico, construcción en sitio propio o adquisición de vivienda nueva, en la fecha de asignación del subsidio. El aporte de los hogares postulantes deberá ser como mínimo igual al 10% del valor de la solución de vivienda a la que se aplicará el subsidio. Tales aportes podrán ser en dinero, especie o trabajo. El aporte de las Entidades Territoriales será mínimo del 20% del costo total del proyecto.

Los hogares postulantes deberán corresponder a los niveles 1 ó 2 del Sisbén. La población indígena se asimila al nivel 1 del Sisbén.

Para las convocatorias especiales de desplazados el proyecto debe agrupar por lo menos 5 hogares postulantes, y como máximo 100. Los hogares deberán ser debidamente acreditados por Acción Social como población desplazada. La cuantía del Subsidio de Vivienda de Interés Social Rural no podrá ser superior al 80% del valor de la solución de mejoramiento y saneamiento básico, construcción en sitio propio o adquisición de vivienda nueva, en la fecha de asignación del subsidio. El aporte de los hogares postulantes deberá ser como mínimo igual al 10% del valor de la solución de vivienda a la que se aplicará el subsidio. Tales aportes podrán ser en dinero, especie o trabajo. El aporte de las Entidades Territoriales será mínimo del 10% del costo total del proyecto el cual podrá estar representado en bienes y servicios.


¿A qué se destina?
El subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural se podrá destinar a la generación de soluciones de vivienda así:
  • Mejoramiento de Vivienda y Saneamiento Básico o solución Tipo A.

  • Construcción de Vivienda en Sitio Propio o solución Tipo B.

  • Construcción de Vivienda Nueva o Solución Tipo C.

Cuantía:
La cuantía del subsidio para las soluciones de mejoramiento de vivienda y saneamiento básico será entre 10 y 12 salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv), y para la construcción en sitio propio o adquisición de vivienda nueva, será entre 12 y 18 smmlv.

Las soluciones de vivienda para atención a población desplazada, la cuantia del subsidio para mejoramiento de vivienda y saneamiento básico será entre 12 y 15 salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv), y para la construcción en sitio propio o adquisición de vivienda nueva, será entre 15 y 18 smmlv.

Para las soluciones de vivienda desarrolladas en el departamento archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, el valor del subsidio será como máximo de 18 smmlv. El valor final de la vivienda no podrá superar los 135 smmlv y sólo será aplicable para soluciones de mejoramiento de vivienda y saneamiento.

Para los proyectos de atención a población desplazada


¿Cómo se obtiene?

La asignación del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural se hace con base en los puntajes obtenidos, de acuerdo con los criterios definidos en los Artículos 29 y 30 del Decreto 973 de 2005 o el Decreto 2675 de 2005 y el Decreto 0094 de 2007 (Atención a Población desplazada). El subsidio se asigna a los proyectos que obtengan el mayor puntaje, y cuyo valor del subsidio solicitado esté dentro del techo presupuestal asignado al departamento al que corresponde el proyecto.

En el cuadro siguiente, se presenta la información correspondiente a las convocatorias públicas nacionales realizadas en el 2007 y la que actualmente está abierta para la atención desplazada por la violencia que habite en el sector rural, la cual está vigente entre el 15 de julio y el 14 de septiembre de 2007.

Para mayor información y orientación sobre el programa y la convocatoria, se pueden comunicar con la Unidad Coordinadora de Vivienda Rural o la Dirección de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, a los teléfonos: 3341199 Extensiones 525, 513, 167 , 324 y 549, o puede consultar la página del ministerio de agricultura Comunicado de prensa y la siguiente dirección http://www.bancoagrario.gov.co/webapp/vivienda/2007/julio15_2007/paginas/home.htm

 

Descargas

LISTADO PROYECTOS DE VIVIENDA RURAL ASIGNADOS 2007

 



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