El solicitante del CIF debe presentar ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural el formulario “Solicitud de Elegibilidad del Certificado de Incentivo Forestal” F01-MN-AEF-01, debidamente diligenciado y acompañado de los siguientes documentos:
ü Plan de Establecimiento y Manejo Forestal – PEMF
ü Contrato de asistencia técnica con un término no inferior a cinco (5) años y copia de la tarjeta profesional del asistente técnico para proyectos superiores a 50 hectáreas.
ü Certificación expedida por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, acreditando que los suelos donde se establecerá la nueva plantación son de aptitud forestal y que se encuentran en un área potencial para desarrollar proyectos de reforestación comercial.
ü Demostración que los suelos donde se realizará la plantación no se encuentran cubiertos por bosques naturales ni lo han estado durante los últimos cinco (5) años. La misma podrá efectuarse mediante fotografías aéreas (Instituto Geografico Agustin Codazzi -IGAC-) o, en su defecto, por medio de certificación expedida por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, previa inspección ocular que ésta efectúe al predio.
ü Demostrar la propiedad del predio objeto de reforestación, mediante la entrega del título por el cual adquirió el dominio del predio y el certificado de tradición y libertad, el cual deberá estar actualizado y vigente, con fecha de expedición no superior a 20 días de la presentación del PEMF.
En el caso de existir varios copropietarios del predio objeto de reforestación y solo uno de ellos solicita el CIF, el interesado deberá anexar la respectiva autorización y fotocopia de la cedula de ciudadanía de los copropietarios para la ejecución del proyecto en dicho predio.
Cuando se trate de un (os) arrendatario (s) evidenciar que la duración y objeto del contrato permite la ejecución cabal del respectivo PEMF. Para el efecto deberá anexar copia del respectivo contrato de arrendamiento, suscrito con el (los) propietario (s) del predio, quien debe demostrar su calidad como tal. Los contratos de arrendamiento deberán haber sido suscritos, por lo menos seis (6) meses antes de presentar la Solicitud de Elegibilidad al Certificado de Incentivo Forestal y deberán tener una duración igual o superior al turno final de cosecha, según la especie seleccionada en el PEMF, además el contrato de arrendamiento debera venir autenticado por notario y con firma de dos testigos.
ü Demostrar que no presenta incompatibilidades para la celebración del respectivo contrato de ejecución del Certificado de Incentivo Forestal, para lo cual deberá anexar:
Si es Persona natural:
Ø Fotocopia de la cedula de ciudadanía
Ø Certificado Judicial vigente
Ø Registro Único Tributario - RUT
Declaración extrajuicio del posible beneficiario en la que conste que no está incurso en ninguna incompatibilidad o inhabilidad consagrada en la Ley.
Si es Persona jurídica
Ø Certificado de existencia y representación legal actualizado y vigente con fecha de expedición no superior a 20 días de la presentación del PEMF
Ø Registro Único Tributario - RUT de la persona jurídica
Ø Fotocopia de la cedula de ciudadanía del representante legal
Ø Certificado Judicial vigente del representante legal
Ø RUT del representante legal
Ø Declaración extrajuicio del posible beneficiario en la que conste que no está incurso en incompatibilidades o inhabilidades consagradas en la ley
Ø Persona natural y/o jurídica extranjera
Ø Presentar copia vigente de la cedula de extranjería
Ø Debe tener sucursal en Colombia inscrita en Cámara de Comercio Adicionalmente, el Ministerio verificará en las bases de datos de la Procuraduría General de la Nación y de la Contraloría General de la República los antecedentes disciplinarios y fiscales del posible beneficiario.
En caso que un solicitante o beneficiario del Certificado de Incentivo Forestal incurra en hechos contrarios a la Ley, omita o viole alguno de los requisitos señalados perderá automáticamente el derecho a recibir el Incentivo por parte del Estado. En caso de estar el contrato legalizado, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural procederá a liquidar y terminar el contrato de reforestación, si el contrato no se encuentra legalizado se solicitará a FINAGRO la anulación de la Disponibilidad Presupuestal.
Aquellos que tengan proyectos en ejecución y deseen acceder nuevamente al CIF deberán estar al día en las obligaciones contractuales de los proyectos presentados anteriormente.
Las solicitudes de Elegibilidad para el Certificado de Incentivo Forestal que se presenten en zonas donde exista evidencias de alteración del orden público, no serán aprobadas hasta tanto no se evidencie que existan las condiciones que aseguren el normal desarrollo del proyecto de reforestación.