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COMERCIO INTERNO
INCENTIVOS Y COMPENSACIONES

Programa de protección de ingresos a los productores exportadores:
A través de de este programa, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural busca incentivar la utilización, por parte de los productores, de coberturas cambiarias que limiten el efecto de la revaluación de la tasa de cambio sobre su actividad. Este programa se implementa a través de la Bolsa nacional Agropecuaria-BNA.

El incentivo consiste en un apoyo equivalente al 90% del costo de la opción. El productor debe pagar el 10% del costo restante. Los sectores incluidos en este programa son: aceite de palma, banano, cacao, camarón y tilapia, caña de azúcar, carne de bovino, frutas, plátano, hortalizas, tubérculos, leche y derivados lácteos y tabaco.

Ver reglamento de operación.

  • Programa de protección de precios:
    A través de este programa, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural busca incentivar la utilización de coberturas cambiarias y de precio internacional por parte de los productores de sectores que deben competir en el mercado interno con importaciones.

El incentivo consiste en un apoyo equivalente al 90% del costo de la cobertura cambiaria y del costo de la cobertura de precio internacional. El productor debe pagar el 10% del costo restante. Los sectores incluídos en este programa son: maíz, sorgo y soya.

  • Apoyo Gubernamental a la Caficultora-AGC:
    A través de este programa el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural tiene el objetivo de proteger y estabilizar el ingreso de los caficultores colombianos.

Dado que en la coyuntura actual la cotización internacional del café colombiano se encuentra en niveles relativamente altos, los recursos de este programa fueron destinados al Fondo Nacional del Café para fortalecer el programa de coberturas de precio internacional y así, permitir que todos los caficultores colombianos puedan limitar el riesgo de precio y poder vender su café a niveles de precio que aseguren una rentabilidad adecuada. 

  • Incentivos sanitarios para flores y banano:
    A través de este programa, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural tiene el objetivo de apoyar un adecuado manejo fitosanitario en los cultivos de flores y de banano.

De una parte, el Incentivo Sanitario para Banano (ISB) tiene el objeto de apoyar el control y manejo sanitario de la sigatoka negra, ya que esta enfermedad tiene una importancia económica que limita la actividad bananera y disminuye el ingreso esperado de los productores.

Por otra parte, el Incentivo Sanitario para Flores (ISF) tiene el objetivo de apoyar el Plan Integrado de Manejo de Plagas (MIP).

Los pasos para el cuarto pago del ISF e ISB serán las siguientes:

    • Entre el 1 y el 15 de abril de 2007, el productor debe entregar en la oficina seccional del ICA en la cual tiene inscrito su cultivo, un informe técnico de acuerdo con los requisitos previstos en la resolución ICA No. 00264 del 10 de febrero de 2000, en donde se detalle el control sanitario efectuado en cuanto al uso de funguicidas, insecticidas y control biológico en las hectáreas registradas y en donde conste que los cultivos presentan un daño o pérdidas económicas inferiores al 5% del total de la población de plantas por ha, sobre el total del área registrada. El informe debe contener como mínimo enfermedades y plagas controladas, funguicidas y plaguicidas usados así como el control biológico implementado y el complemento de prácticas culturales fitosanitarias.
    • Entre el 16 y el 30 de abril de 2007, el productor reclamará en la respectiva seccional del ICA en la cual se hizo el registro de su cultivo, una certificación sobre el cumplimiento del Plan de Manejo Integral de Plagas (MIP) en el área registrada.
    • Entre el 1 y el 15 de mayo de 2007, el productor deberá presentar ante la BNA los siguientes documentos:
      • Certificación sobre el cumplimiento del Plan de Manejo Integral de Plagas (MIP) en el área registrada emitido por el ICA.
      • Certificación del revisor fiscal de acuerdo al reglamento técnico del programa.
      • Cuenta de cobro con el a nombre del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, la cual deberá contener el área registrada y efectivamente controlada y el valor del apoyo a cobrar. El valor por hectárea será publicado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural el 13 de abril de 2007.

 

  • Incentivos de flores por heladas (IFH):
    A través de este incentivo, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural tiene el objetivo de compensar las pérdidas sufridas por los productores de flores de exportación debido a las heladas que se han presentado en el país.

El monto del apoyo por hectárea será el resultado de dividir los recursos asignados al programa entre las hectáreas afectadas inscritas ante el respectivo Comité Local de Atención y Prevención de Desastres (CLOPAD) o quien haga sus veces.

    • El cronograma de este programa es el siguiente.

      1. Inscripción de hectáreas ante el CLOPAD: hasta el 2 de marzo de 2007.

      2. Envío de listado de afectados consolidado al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural por parte del Comité Regional de Prevención y Atención de Desastres (CREPAD) o de la Secretaría de Agricultura de los departamentos afectados: hasta el 7 de marzo de 2007.

      3. Publicación del listado de beneficiarios y del valor del apoyo: 9 de marzo de 2007.

      4. Envío de requisitos a la Bolsa Nacional Agropecuaria-BNA, de acuerdo al reglamento técnico: hasta el 30 de marzo de 2007.

      5. Pago del apoyo por parte de la BNA: a partir del 2 de abril de 2007.

 

  • Apoyos directos a los productores afectados por heladas:
    A través de este incentivo, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural tiene el objetivo de compensar las pérdidas sufridas por los ganaderos y productores de cereales, leguminosas, frutas, hortalizas, aromáticas y tubérculos, debido a las heladas que se han presentado en el país.

El apoyo dependerá del censo de hectáreas y de cabezas de ganado   bovino hembra mayor a 2 años en adelante realizado por los Comités Locales de Prevención y Atención de Desastres (CLOPAD) o quien haga sus veces, y refrendado por el Comité Regional de Atención y Prevención de Desastres (CREPAD).

    • El cronograma de este programa es el siguiente.

      1. Inscripción de hectáreas ante el CLOPAD: hasta el 2 de marzo de 2007.

      2. Envío de listado de afectados consolidado al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural por parte del Comité Regional de Prevención y Atención de Desastres (CREPAD) o de la Secretaría de Agricultura de los departamentos afectados: hasta el 7 de marzo de 2007.

      3. Publicación del listado de beneficiarios y del valor del apoyo: 9 de marzo de 2007.

      4. Envío de requisitos a la Bolsa Nacional Agropecuaria-BNA, de acuerdo al reglamento técnico: hasta el 30 de marzo de 2007.

      5. Pago del apoyo por parte de la BNA: a partir del 2 de abril de 2007.


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