GONZALO ARAUJO MUÑOZ
Secretario General
Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

El secretario general del ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural es politólogo con énfasis en relaciones Internacionales de la Pontificia Universidad Javeriana; además, cuenta con un máster en Estudios Latinoamericanos de la Universidad de Salamanca en España.
Tiene una amplia experiencia en asuntos legislativos. Es experto en gerencia de organizaciones del tercer sector, gestor de proyectos frente a organismos de cooperación internacional para el desarrollo; manejo e implementación de relaciones públicas con representantes de gremios de la producción y del sector financiero.
Igualmente, posee gran experiencia en el sector agropecuario, tanto en el real, como en el gubernamental y en la gerencia de consultas previas con comunidades étnicas.
En el 2008 fue asesor del despacho del Ministro del Interior y Justicia; fue director ejecutivo de la Corporación Pensamiento Siglo XXI; asistente para Gobierno y comunicaciones de la embajada de Francia en Colombia.
Se ha desempeñado como profesor de la cátedra “Instituciones Democráticas y Partidos Políticos de América Latina y de Asuntos Públicos y Cabildeo” de la Universidad de la Sabana. También ha realizado consultorías a entidades como el Banco Mundial y Master Card.
Oriundo de Bogotá, Araujo Muñoz se venía desempeñando como asesor del despacho del ministro de Agricultura, para asuntos con el Congreso de la República y secretario privado.
Funciones
Decreto 2478/99
1. Asesorar al Ministro en la formulación de políticas, normas y procedimientos para la administración de recursos humanos, físicos, económicos y financieros de la entidad.
2. Coordinar la realización de estudios sobre planta de personal y mantener actualizado el manual específico de funciones y requisitos del ministerio.
3. Dirigir la elaboración de los manuales de procedimientos, en coordinación con las diferentes dependencias de la entidad, con el fin de racionalizar la gestión y los recursos de la institución.
4. Dirigir y controlar los procesos administrativos y financieros de la institución en todos los niveles.
5. Programar en coordinación con la Oficina Jurídica, los procesos de licitación, contratación, adquisición, almacenamiento, custodia y adquisición de bienes y materiales.
6. Proponer y ejecutar las políticas, planes, programas y demás acciones relacionadas con la gestión financiera y presupuestal de la institución.
Dirigir la elaboración del plan financiero de fuentes y usos de recursos de la entidad, efectuar su seguimiento y proponer los correctivos necesarios.
7. Proponer al Ministro los cambios que se consideren pertinentes para mejorar la gestión presupuestal y financiera de la entidad.
8. Velar por la debida aplicación del sistema de desarrollo administrativo, relacionado con las políticas, estrategias, metodología, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizaciones para la gestión y el manejo de los recursos humanos, técnicos, materiales, físicos y financieros del Ministerio, orientado a fortalecer la capacidad administrada y el desempeño institucional, de conformidad con las normas legales vigentes.
9. Coordinar el Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo de conformidad con el artículo 19 de la ley 489 de 1998, efectuar el seguimiento de los planes de desarrollo administrativo de las entidades adscritas y vinculadas y presentar el plan de acción respectivo.
10. Asistir al Ministro en la creación, organización y conformación de grupos internos de trabajo, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por el Ministerio.
11. lnvestigar y fomentar la utilización de nuevas metodologías de informática, así como velar por la mejor utilización de los recursos informáticos de la entidad.
12. Dirigir y supervisar la ejecución de las funciones de sistematización de la entidad.
13. Asesorar al Ministro en la definición de la política referida a la organización, métodos y procedimientos relacionados con el procesamiento de la información y los análisis estadísticos, con el fin de que el Ministerio pueda desarrollar adecuadamente su función.
14. Coordinar el sistema de quejas y reclamos y velar por el buen funcionamiento del mismo.
15. Coordinar y dar cumplimiento a las disposiciones consagradas en la Ley 200 del 28 de julio de 1995 "Código Unico Disciplinario", y demás preceptos vigentes que regulen la materia disciplinaria.
16. Informar oportunamente al Ministro sobre las anomalías encontradas en las indagaciones preliminares y las investigaciones disciplinarias y recomendar las sanciones que se deban adoptar.
17. Coordinar, dirigir y orientar las investigaciones administrativas especiales y las que requiera el Ministerio e informar oportunamente al Ministro sobre las anomalías en la aplicación de las normas, sistemas, procedimientos y recomendar las acciones que deban adoptarse.
18. Las demás inherentes a su naturaleza y las que les sean asignadas por las normas legales.
Fuente: Decreto 2478/99. Artículo 16°.