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Ministerio


                                       RICARDO SÁNCHEZ LÓPEZ
Viceministro de Agricultura y Desarrollo Rural

 

El Viceministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Ricardo Sánchez López, es economista especializado en desarrollo regional y agricultura sostenible; cuenta con una amplia experiencia en el sector agropecuario, ambiental y rural, tanto a nivel privado como público.

 

Se desempeño como secretario general de la Sociedad de Agricultores de Colombia, cargo que ocupó del año 2004 al 2010. Trabajó como director de Política Sectorial del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural del 2002 al 2004.

 

Fue presidente de la Mesa Ecológica del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA; Director económico de la Federación Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite, FEDEPALMA y consultor de diversas entidades como el Banco Mundial; del Centro Internacional de Agricultura Orgánica y del Departamento Nacional de Planeación, entre otras.

 

Sánchez López es graduado en economía de la Universidad de los Andes, con especialización en Planificación y Desarrollo Regional de la misma institución; además, cuenta con una maestría en Agricultura Sostenible de la University of London Wye College de Inglaterra.

 

Se ha desempeñado como catedrático de la Universidad de los Andes y el Politécnico Santafé de Bogotá. Además es autor de un diverso número de publicaciones sobre el tema económico.

El nuevo Viceministro de Agricultura es Bogotano con raíces familiares en Tuta, Boyacá; es casado y tiene un hijo.

 

 

Funciones del Viceministro

Decreto 2478/99

 

 

1.     Asesorar al Ministro en la adopción y/o ajuste de instrumentos e incentivos para el sector agropecuario.

2.     Asesorar y coordinar los programas productivos y sociales en sus componentes de reforma agraria, desarrollo rural, crédito, tecnología, asistencia técnica, infraestructura, adecuación predial, comercialización, agroindustria, organización y capacitación.

3.     Asesorar al Ministro en la adopción y/o ajuste del marco regulatorio en las materias relacionadas con el ámbito de acción del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

4.     Asesorar al Ministro en la formulación de la política de desarrollo rural en los temas de reforma agraria, desarrollo rural integrado, política social, organización y desarrollo empresarial campesino, empleo rural y otras que contribuyan a mejorar la capacidad productiva y el bienestar de las comunidades campesinas.

5.     Asesorar al Ministro en la formulación de la política de crédito, asistencia técnica y adecuación de tierras para los pequeños productores.

6.     Asesorar al Ministro en la formulación de la política de producción y comercialización de bienes agrícolas, pecuarios y pesqueros, incluido el fomento de la agroindustria primaria.

7.     Orientar y supervisar con las Comisiones Directivas de los Fondos Parafiscales el uso y aplicación de sus recursos.

8.     Definir el campo de acción del Ministerio en las actividades de postcosecha y agroindustria primaria y velar para que estos aspectos sean promovidos e incentivados en las actividades de las Direcciones Generales del Ministerio.

9.     Dirigir y coordinar la elaboración del Plan de Desarrollo Sectorial, incluido el plan de inversiones del sector y vigilar su cumplimiento.

10.  Dirigir, coordinar y controlar el cumplimiento de las funciones asignadas a las Direcciones Generales y la Oficina de Control Interno del Ministerio.

11.  Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia

 

Fuente: Decreto 2478/99. Artículo 8



Funciones del Viceministro
Decreto 2478/99
  1. Asesorar al Ministro en la adopción y/o ajuste de instrumentos e incentivos para el sector agropecuario.

  2. Asesorar y coordinar los programas productivos y sociales en sus componentes de reforma agraria, desarrollo rural, crédito, tecnología, asistencia técnica, infraestructura, adecuación predial, comercialización, agroindustria, organización y capacitación.

  3. Asesorar al Ministro en la adopción y/o ajuste del marco regulatorio en las materias relacionadas con el ámbito de acción del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

  4. Asesorar al Ministro en la formulación de la política de desarrollo rural en los temas de reforma agraria, desarrollo rural integrado, política social, organización y desarrollo empresarial campesino, empleo rural y otras que contribuyan a mejorar la capacidad productiva y el bienestar de las comunidades campesinas.

  5. Asesorar al Ministro en la formulación de la política de crédito, asistencia técnica y adecuación de tierras para los pequeños productores.

  6. Asesorar al Ministro en la formulación de la política de producción y comercialización de bienes agrícolas, pecuarios y pesqueros, incluido el fomento de la agroindustria primaria.

  7. Orientar y supervisar con las Comisiones Directivas de los Fondos Parafiscales el uso y aplicación de sus recursos.

  8. Definir el campo de acción del Ministerio en las actividades de postcosecha y agroindustria primaria y velar para que estos aspectos sean promovidos e incentivados en las actividades de las Direcciones Generales del Ministerio.

  9. Dirigir y coordinar la elaboración del Plan de Desarrollo Sectorial, incluido el plan de inversiones del sector y vigilar su cumplimiento.

  10. Dirigir, coordinar y controlar el cumplimiento de las funciones asignadas a las Direcciones Generales y la Oficina de Control Interno del Ministerio.

  11. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia

Fuente: Decreto 2478/99. Artículo 8


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