JUAN CAMILO RESTREPO SALAZAR
El nuevo Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Juan Camilo Restrepo, es oriundo de Medellín, Antioquia, donde nació en el año 1946. Cuenta con un doctorado en derecho de la Universidad Javeriana; doctorado en derecho administrativo de la Universidad de París y estudios en Derecho Económico en el London School of Economics.
El entrante jefe de la cartera agropecuaria cuenta con una amplia experiencia, ya que se ha desempeñado en diversos cargos de entidades públicas y privadas con excelentes resultados en su gestión. Fue Embajador de Colombia en Francia (2000 – 2001); Ministro encargado de funciones presidenciales en varias ocasiones, (1998 – 2000); Ministro de Hacienda y Crédito Público, (1998 – 2000); Senador de la República, (1994 – 1997); Vicepresidente de la Comisión III del Senado de la República; Presidente de la Federación de Compañías de Leasing de Colombia-Fedeleasing, (1993 – 1994).
Así mismo, se ha desempeñado como miembro del comité para asuntos de energía de las Naciones Unidas; Ministro de Minas y Energía, (1991 – 1992); Presidente de Acerías Paz del Río, (1989 – 1991); Gerente Comercial de la Federación Nacional de Cafeteros, (1986 – 1990); Presidente Comisión Nacional de Valores, (1982 – 1986); Superintendente Bancario, (1977 – 1978); Asesor Junta Monetaria, (1975 – 1981); Representante de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia ante la Organización Internacional del Café en Londres, (1973 – 1975); Secretario Junta Monetaria, (1970).
Juan Camilo Restrepo, está casado con la periodista María Teresa Herrán, de cuya unión hay tres hijos: Ana María, Camilo y Alberto.
El Ministro Restrepo, ha tenido una dinámica actividad académica como profesor universitario de Derecho Fiscal y Hacienda Pública en la Universidad de los Andes, Externado de Colombia y Universidad Javeriana. Además, profesor de Economía Colombiana en la universidad Sergio Arboleda y profesor visitante en la Universidad Federico II. Nápoles, Italia.
PUBLICACIONES
Juan Camilo Restrepo, tiene a su haber una prolífica producción de publicaciones, entre las que figuran:
• Las obligaciones en moneda extranjera (1969)
• Fundamentos constitucionales del Derecho Administrativo colombiano (1971)
• Sociedad anónima y reforma financiera (1984)
• Elementos de Derecho Económico (1985)
• Ensayos de política económica y cafetera (1990)
• Ley orgánica territorial (1995)
• Textos y contextos (1996)
• Testimonio cafetero (1997)
• Respuestas a Colombia (1998)
• Memorias de Hacienda (1998 – 1999)
• Memorias de Hacienda (1999 – 2000)
• Nuevos rumbos para la descentralización (2000)
• Itinerario de la recuperación económica (2000)
• Aspectos económicos del conflicto Colombo-Peruano en colaboración con Luis Ignacio Betancur (2 ed., 2000)
• Alegato por Colombia (2002)
• Radiografía del referendo (2003)
• Disciplina fiscal y Derecho (2005)
• El rescate de las finanzas territoriales (2006)
• Derecho presupuestal colombiano (2007)
• Finanzas y financistas (2 ed., 2007)
• Hacienda pública (8 ed., 2008)
• Diálogos sobre las crisis financieras, en colaboración con Antonio José Núñez (2 ed., 2008)
• ¿Y de la equidad qué? Reflexiones sobre el sistema tributario durante la administración Uribe Vélez (2 ed., 2010)
• La hacienda pública en la Constitución de Cúcuta de 1821 (2010)
Funciones del Ministro
Decreto 2478/99
1. Formular las políticas para el desarrollo del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.
2. Orientar y dirigir la formulación de los planes, programas y proyectos que requiere el desarrollo del sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, y en general de las áreas rurales del país.
3. Presentar los planes y programas del sector que deban ser incorporados al Plan Nacional de Desarrollo.
4. Preparar y presentar al Congreso de la República, de acuerdo con la agenda legislativa del Gobierno Nacional, los proyectos de ley relacionados con las funciones del sector.
5. Definir, en coordinación con los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Comercio Exterior, la negociación o convenios internacionales del sector.
6. Crear, organizar, conformar y asignar responsabilidades a grupos internos de trabajo, mediante resolución, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por el Ministerio, y designar al funcionario que actuará como coordinador de cada grupo.
7. Crear, conformar y asignar funciones, mediante resolución, a los órganos de asesoría y coordinación que considere necesarios para el desarrollo de sus funciones.
8. Dirigir y coordinar lo relacionado con el Control Interno Disciplinario.
9. Las demás previstas en la ley y las que por su naturaleza le correspondan o le sean delegadas por el Presidente de la República.
Fuente: Decreto 2478/99. Artículo 6°